Tengo una duda que a ver si ustedes me la pueden aclarar. He llegado a España con reagrupacion familiar. Mi marido tiene la segunda tarjeta. Yo quiero empezar a trabajar pero no se si puedo con la tarjeta que yo tengo, porque apenas llegue en semana santa.
Tambien estoy pensando en trabajar por cuentra propia, ya que soy peluquera y me gusta la idea de montar una propia mia.
Alguien me puede decir que tengo que hacer para trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
Para trabajar por cuenta ajena necesitas que una empresa te haga una oferta de empleo y solicitar tu modificación de autorización de reagrupación por una de residencia y trabajo.
Para trabajar por cuenta propia tendrás que modificar tu autorización por una de cuenta propia.
En la oficina de extranjeros te informarán de toda la documentación necesaria.