llevo con mi pareja 4 años viviendo en barcelona, ambos con el mismo historial de empadronamiento, a ella recientemente le han dado el permiso para trabajar, mi pregunta es si yo como pareja de hecho puedo obtener tambien la tarjeta para trabajar o que requisitos necesito para eso.
quedo a la espera de una pronta respuesta, muchas gracias de antemano.
Es necesario saber las nacionalidades de ambos y el tipo de autorización que tiene ella.
Si sólo están empadronados en la misma vivienda, pero no han formalizado su relación como pareja estable, deben inscribirse en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat de Cataluña.
Con todo, si ella solo fuera extranjera extracomunitaria residente legal, usted sólo podría solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, basándose en tener vínculo familiar con una extranjera extracomunitaria residente legal.
Somos de Honduras, los dos llevamos el mismo tiempo viviendo aqui, a ella actualmente le dieron la primera tarjeta que es la que le permite trabajar. yo en todo caso que tengo que hacer siendo pareja de ella para poder recibir tambien el mismo privilegio?
Si usted está en situación irregular, solo podría acogerse al arraigo social, pues por lo que indica, ya lleva más de tres años en España. Seguramente, su pareja ha recibido una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, válida por un año.
Sería conveniente para usted que:
1.- Formalizara con ella su relación mediante la inscripción como unión de pareja estable en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat de Cataluña. Si llevan empadronados más de dos años, es suficiente con que se acerquen al Departament de Justícia de la Generalitat, pero se les requerirá certificado literal de nacimiento y certificado de estado civil del país de nacionalidad, legalizado con la Apostilla de La Haya.
2.- Cuando ya tenga la certificación antedicha, solicite una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social. Requerirá el informe de arraigo de la Generalitat de Cataluña y también contar con un contrato de trabajo o si declara que vivirá a cargo de su pareja de hecho registrada, ella deberá cumplir los requisitos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar.