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Permiso de residencia

1 Comentarios
 
05/11/2003 14:09
El permiso de trabajo se puede renovar, entendiéndose como tal la prórroga de un permiso anterior.

Los trabajadores por cuenta propia que continuen con el ejercicio de su actividad y acrediten el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social podrán renovar sus permisos de trabajo. También procede la renovación cuando se solicite cambio de modalidad, pasando de cuenta propia (autónoma) a cuenta ajena, o viceversa.

La renovación de los permisos deberán solicitarse con la antelación de un mes a la fecha de su vencimiento. También podrán renovarse el permiso si se cumplen todos los requisitos exigidos, siempre que se solicite dentro de los tres meses posteriores a su expiración, sin perjuicio de las sanciones que procedan.

Es decir, si sigues como autonoma en el momento de la renovación tienes que presentar la acreditación de la inscripción y cotización de la empresa a la Seguridad Social al corriente. Así como la acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Si el cambio es a cuenta ajena, deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social inherentes a la actividad economica desarrollada como autónoma, acompañando oferta de empleo justificativa del cambio de modalidad.

Saludos.
Permiso de residencia
perfil ale
05/11/2003 11:31
Hola me gustaria saber si para renovar los papeles de residencia en España, cuanto tiempo tiempo antes tengo que estar dada de alta en la Seguridad Social. Me explico: estaba dada de alta en la seguridad social como autonoma y no tengo que ronovar papeles hasta el año que viene, pero me gustaria saber cuanto tiempo tengo que estar dad a de alta en la Seguridad Social antes de pedir dicha renovación, ya que no he encontrado ningún plazo preestablecido.
Muchas gracias