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Permiso con desplazamiento

8 Comentarios
 
Permiso con desplazamiento
26/05/2005 19:07
Según el art.37 del ET, hay derecho a 2 días de permiso retribuido por hospitalización de pariente hasta 2 grado que se ampliarán a 4 días en caso de tener que desplazarse.
¿Hay alguna norma escrita que establezca a partir de qué distancia se considerará ese desplazamiento remunerado?
Yo creo que más bien es cuestión de sentido común más que de normativa, pero una chica en el trabajo se me ha enfadado porque no le he ampliado el permiso de 2 días por tener que desplazarse 6 km. para ver a su madre ingresada.
26/05/2005 20:12
Hola Iñaki. Efectivamente hay veces que es necesario utilizar el sentido común y algo más para no solo cumplir la norma, sino para hacer justicia.

Es cierto que el Estatuto de los Trabajadores solo se limita a dejar un cheque en blanco y por tanto, deberán ser los convenios colectivos los encargados de realizar las matizaciones oportunas.

Pero lo que se desprende de la norma general, no tanto si el centro hospitalario está a cinco o a seis (en las grandes ciudades pueden estar a 50 km.) kilómetros de su residencia, sino que requiera un desplazamiento (quizás fuera, en otra ciudad, e incluso de otra provincia) realizadeo al efecto.

Por tanto, no estaría descabellado pensar en que si el desplazamiento se origina desde cataluña a andalucía, los dos días de ampliación serían casi insuficientes; del mismo modo, al aumento de dos días por tener que recorrer dentro de una población seis kilómetros, me parece (a mí), demasiada exigencia sin ninguna justificación.

Decirte por último, que si su madre está ingresada y precisa perder posteriormente algún otro día suelto, tampoco estaría fuera de lugar concederlo. Así también se hace.

En fin, creo que se observará que no me gustan los abusos: ni de una parte, ni de la otra, terminan siendo abusos.

Que te vaya bien.
27/05/2005 09:54
Muchas gracias.

Veo que coincidimos en el mismo planteamiento de la cuestión, aunque a veces el sentido común es el menos común de los sentidos.
27/05/2005 11:31
Yo leo por aquí : "si es provincia limítrofe 1 día más y dos más si no es provincia limítrofe..".
De todas formas, hay que tener cuidado con el precedente, es decir, si en unos casos abres la mano y en otros no puedes crear mal clima e incluso puedes perjudicar al que se lo concedes de cara a sus compañeros. Por eso, si lo concedes, debes de aclararle al menos (no te garantiza nada) que no lo airee mucho.
27/05/2005 12:51
Gracias Jaus por la respuesta.

La cuestión es que es una población pegada a Barcelona que en transporte público tardas 15 min. en llegar. Y por un trayecto de 15 min., me pide acogerse al derecho de 2 días más por desplazamiento. Para mí es tener mucha jeta.

Yo entiendo los dos días de desplazamiento para que los dos días de permiso sean para estar efectivamente con el enfermo y no desperdiciarlos en viajes; pero pedir dos días a cambio de 30 min. empleados en total para desplazarse de su casa al hospital.....no sé, no sé.
perfil Ne
15/07/2005 11:13
Tienes razón en aplicar el sentido común sobre la legalidad, eso seria lo más valido para ambas partes, el único problema esta en que cada uno se acogera a la legalidad cuando le convenga, y siendo asi, en este caso el E.T no especifica cual es la distancia para aplicar los dos dias a mayores,y si no teneis convenio que os lo concrete, hay jurisprudencia que dice que se considera desplazamiento el mero hecho de tener que desplazarse, por lo que en via judicial ella tendria las de ganar, esto siempre bajo mi humilde opinión.
15/07/2005 11:58
Ahi está, efectivamente es así, un desplazamiento es un desplazamiento, es decir, ir de un lugar a otro, si el ET no indica ningún criterio habrá que entender que cuando tengas que desplazarte, ir de un lugar a otro, te corresponde ampliar el permiso.

Aquí por supuesto da para mucho, Cuando es desplazamiento? Cuando se va a otro municipio? El ir de punta a punta de una gran ciudad puede ser más compliado que el ir entre dos ciudades pequeñas y, por otra parte, si yo vivo en una calle de barcelona y la cera de enfrente pertenece a hospitalet y el familiar está hospitalizado en un hospital de hospitalet, valga la redundancia, que está en la cera de enfente. Se considera desplazamiento? A veces hay que buscar criterios de reducción al absurdo para concretar supuestos, pero de momento, la cosa está como está.
15/07/2005 12:01
en cuanto al mensaje anterior creo que se dice "acera" no "cera" pero en este caso no hay mas cera que la que arde.
15/07/2005 12:44
Vaya idea que me has dado. Cada vez que cruce la a-cera para ir a comprar tabaco voy a rellenar la ficha como desplazamiento y se me abone la dieta entre col y col..).