Mi hermano ya fallecido compro una finca rústica de aproximadamente 6500 metros cuadrados. Escriturada y legalmente registrada. Mediante documento privado, cedió, en permuta a otro hermano, 2550 metros cuadrados. El primero, falleció hace un tiempo, el heredero es mi padre, el cual tiene adjudicada y registrada la finca. Ahora, mi padre ha decidido vender su parte, casi 4000 m2. El comprador dice, que si un día embargan a la otra parte, le pueden embargar a él tambien. Yo le digo que eso no puede ser, porque el único que tiene registrada la propiedad al 100% es mi padre. Y que en todo caso, quien correría peligro por embargo, seria la otra parte, mi otro hermano. Puesto que registralmente, a mi hermano no le figura nada en esa finca. En la nota simple tan solo aparece mi padre. POr favor, me podeis ayudar y decir si estoy en lo cierto, o no.