Hola,
En 2014 vendí un piso por valor de 120000 € heredado en 2008 cuyo valor era de 300000. Lo que me genera una perdida patrimonial.
En 2014 compré participaciones en fondos de inversión que sigo manteniendo activos.
Como en 2014 no tengo ganancias patrimoniales de ningún tipo, ¿debo incluir en la declaración de este año el apartado de patrimoniales o puedo incluirlo en declaraciones venideras donde tenga ganancias? y si el próximo año 2016 vendo los fondos de inversión y me genera una ganancia patrimonial ¿puedo compensarla con la perdida de 2014? ¿Durante cuanto tiempo puedo compensarme esa perdida?
¿Aunque sean de tipo distinto inmobiliarias / mobiliarias se pueden compensar entre si?
Espero haberme explicado bien pues no tengo ni idea de esto.