No sé mucho al respecto por eso me planteo esta duda, tengo un amigo que me ha dicho que, estando cobrando el paro, se le pasó la fecha de sellar, y le han quitado un mes, ¿es cierto?, ¿se puede "recuperar"?, ¿por qué un mes, de qué depende para saber cuanto quitan esa prestación por desempleo?.
Saludos.
El olvidar renovar el paro en fecha (salvo razón de fuerza mayor) es motivo para que el SPEE inicie un procedimiento sancionador por infracción leve cuya penalización (tiempo sin prestaciones) depende de la reincidencia:
Un mes: si es la primera vez que se incumple.
Tres meses: si es la segunda vez
Seis meses si es la tercera
Pérdida total del derecho si se produce un cuarto incumplimiento.
¡Muchas gracias Sorgalim!, entonces debe de ser como dice, porque en este caso creo que era la primera vez y me dijo un mes, la verdad es que es un fastidio, pero así están las cosas.
En el caso de presentar un parte médico, ¿qué plazo tiene para que no le penalicen?.
Depende de lo que aleguen en el Parte Médico, depende del tiempo que haya transcurrido ( creo recordar que son 48 hs, pero no estoy segura ).... independientemente, yo lo presentaría YA y si el parte médico es suficientemente explícito, serviría como justificante de 'ese ' día más la demora.