Hace 39 años falleció mi suegro sin testar, dejando mujer y dos hijos.
La masa hereditaria de mis suegros era, en aquella época, una vivienda y un local comercial en propiedad.
Nunca se llegó a liquidar el impuesto de sucesiones ni a realizar nueva escritura.
Lo que sí se ha ido liquidando han sido los impuestos correspondientes de las dos propiedades.
Preguntas:
¿Pueden los hijos, después de tantos años, reclamar la parte de herencia de su padre?
¿En el supuesto que el derecho a reclamar haya vencido, quién sería el beneficiario de la parte de herencia de los hijos? ¿La esposa?
¿Puede llegar a “perder” cada hijo su cuarta parte de la herencia de su padre?
Gracias a todas y a todos por la molestia que os pueda ocasionar.
No se pierde nada. Y no sólo podéis sino que debéis moverlo antes de que se enrevese más.
En estos casos complicados, en vez de ir a marear al pobre Notario (que da consulta gratuita) yo os recomendaría pagar a un abogado y que deshaga la madeja para ver qué le toca a quién después de tantos años.