Buenas tardes.
Soy Español y tengo una relación de pareja con una mujer colombiana. Tenemos nuestra relación inscrita en un registro de parejas de Colombia. Ella quiere pedir la residencia en España aportando el certificado de pareja de Colombia. En principio, no vamos a inscribirnos en un registro de parejas español. Me gustaría saber si, en caso de que le den la residencia española aportando el certificado de Colombia, y si la legislación de Colombia prevee responsabilidad económica para las parejas en caso de disolución, cosa que no se, ¿me puede exigir responsabilidad económica ante la autoridad española, en caso de que cese la convivencia, invocando para ello la legislación extranjera?
Gracias por su ayuda.
Para las leyes de Colombia pregunta en un foro colombiano, pero en España definitivamente no. Si no estáis casados no corresponde ningún tipo de pensión.
Se pueden convalidar actos como la existencia de matrimonio, sentencias ejecutables y demás, pero la legislación extranjera no la va a considerar un tribunal español. Aquí se juzga con las leyes de aquí.