pues nada, a esperar, y mientras tanto puede buscarse un trabajito liviano, que sea compatible con su IPT (con sus lesiones y muy distinto de su profesion habitual) pero con comunicacion al INSS para que de oficio no le retiren la pension
Le acaban de conceder la incapacidad permanente total a mi marido, la pension sera de unos 1300 euros, ¿tendria derecho a un incremento por conyuge a cargo? Gracias
Si,no creas que no lo he pensado,pero eso es muy relativo,como te comente en el primer mensaje aun estoy recuperandome del hombro izquierdo y me falta de operar el hombro derecho,lo mismo para esa fecha aun no me han intervenido ni siquiera,ya que segun donde me opere son de 6 a 8 meses de lista de espera,lo que me escama es eso de que me concedan la total,segun su argumento podria trabajar de otra cosa(tu me diras quien me va a contratar sabiendo que me esperan minimo 4 meses de baja bien cercanos)ya puestos que me hubiesen dado la parcial,en fin ya veremos,un saludo y gracias.
Sinceramente , si la fecha de revisión que te ponen es el 1 de julio , es porque tienen claro que existirá una mejoría y , si vas a estar con la rehabilitación , van a estar encima tuya para que te incorpores en el momento que lo crean oportuno . No te compliques con juicios , porque no tengo claro que en tu caso valga la pena . Suerte y sobre todo , que te queden bien las dolencias .
Estás en tu derecho de reclamar la absoluta si lo crees oportuno . Antes de que termine el plazo , debes de recurrir vía administrativa en la SS.SS . En la mayoría de los casos , la SS.SS. rechaza este recurso , por lo que a continuación , deberás acudir al Juzgado de lo Social . El siguiente paso será el Tribunal Superior y a continuación el Tribunal Supremo . La SS.SS. últimamente está llegando hasta el Tribunal Superior , por lo que te recomiendo un buen abogado laboral si quieres tener opciones de sacar adelante el tema.
Buenas tardes,hace unos pocos dias segun resolucion del inss de madrid me acaban de conceder una incapacidad total permanente con revision a partir del 1/07/2011,dicha pension se me concede por tendinitis calcificante en ambos hombros,rotura parcial de supraespinoso izdo y deformidad hill-sachs en hombro derecho,aun estoy en tratamiento rehabilitador del hombro izdo despues de la operacion y tengo pendiente operarme del derecho por lo que creo que es obvio que no me puedo incorporar de momento a ningun trabajo,no creeis que deberian haberme dado la absoluta revisable en vez de la total revisable,aparte aunque pudiese trabajar quien me va a contratar sabiendo que por las mañanas acudo a reabilitacion y despues me espera un largo tiempo de baja a causa de la operacion pendiente,creeis que debo reclamar la absoluta? un saludo.