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Pensión de viudedad accidente in itinere conyuge

3 Comentarios
 
14/07/2024 17:03
Alberto185
En situaciones como esta, es importante que la familia reciba toda la ayuda y el apoyo necesarios. A continuación, te ofrezco una guía sobre los pasos que la viuda puede seguir para solicitar la pensión y otras posibles indemnizaciones en España.

Para que la viuda pueda solicitar la pensión de viudedad, es necesario cumplir con ciertos requisitos y seguir un procedimiento específico. Aquí tienes los pasos generales:

Estar casada o ser pareja de hecho: En este caso, dado que el matrimonio llevaba un mes, este requisito se cumple.
El fallecido debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta en el momento del accidente. Además, debe haber cotizado un período mínimo, aunque en caso de accidente laboral, no se requiere un período mínimo de cotización.
Documentación necesaria:
Certificado de defunción.
Libro de familia o certificado del Registro Civil que acredite el matrimonio.
DNI de la solicitante y del fallecido.
Certificado de empadronamiento que acredite la convivencia.
Certificado de empresa que confirme que el fallecido estaba dado de alta en el momento del accidente.

La solicitud se debe presentar en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su página web.
Rellenar el formulario de solicitud de pensión de viudedad, disponible en las oficinas del INSS o en su sitio web.
Adjuntar la documentación requerida.

Una vez presentada la solicitud, el INSS tiene un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar la resolución.

Además de la pensión de viudedad, es posible que la viuda tenga derecho a una indemnización por accidente de trabajo. Estos son algunos pasos que se pueden seguir:

Reclamación a la empresa y a la mutua:
Notificar a la empresa del accidente.
La empresa tiene la obligación de informar a la mutua de accidentes de trabajo.
La mutua se encargará de gestionar la prestación correspondiente por accidente laboral.

Documentación necesaria:
Informe del accidente de trabajo.
Certificado de defunción.
Informe médico forense si es aplicable.

Otras indemnizaciones:
Dependiendo del convenio colectivo y de la cobertura de seguro de la empresa, puede haber otras indemnizaciones o compensaciones adicionales.
Es recomendable revisar el contrato de trabajo y el convenio colectivo aplicable para ver si hay cláusulas específicas que ofrezcan indemnizaciones adicionales en caso de accidente laboral.

Recursos y Apoyo

Es posible que existan asociaciones de víctimas de accidentes laborales que puedan ofrecer apoyo y orientación adicional. También es recomendable acudir a los servicios sociales locales, que pueden proporcionar información y asistencia en la tramitación de estas solicitudes.
14/07/2024 11:42
Alberto185
Hola. Si el fallecimiento ha sido por accidente laboral, no es necesaria carencia alguna. Basta con que el día del accidente estuviera dado de alta en la Seguridad Social.
Tiene 3 meses para solicitar la pensión de viudedad y será la mutua la que pague la pensión.
Yo acudiría a la mutua. Si no se sabe hay que preguntar a la empresa.
No creo que tenga problema alguno.
Respecto a las indemnizaciones. Hay dos posibles:
1) Una segura : 6 mensualidades de la base reguladora que pagará la mutua ( artículo 222 de la Ley General de la Seguridad Social).
2) En la mayoría de convenios colectivos, está prevista una póliza de seguro ( que se suele llamar póliza de convenio) por la que en caso de fallecimiento por accidente laboral, los herederos tienen derecho a cobrar una indemnización indicada en el convenio. Las cuantías son muy variables.
Saludos
11/07/2024 10:03
Alberto185
Buenos días,

La pensión de viudedad está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Se ha de acreditar un período mínimo de cotización del fallecido: 500 días en un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento, o 15 años cotizados en total.
El fallecimiento debe haber sido debido a accidente, ya sea laboral o no.

En caso de matrimonios de corta duración (menos de un año), como en este caso, la viuda deberá acreditar que el matrimonio se produjo antes de que el fallecido fuera diagnosticado de una enfermedad que causara su fallecimiento o, alternativamente, demostrar que han tenido hijos en común.

Documentación Necesaria:

- Certificado de defunción del fallecido.
- Libro de familia o certificado del Registro Civil que acredite el matrimonio.
- Documentación acreditativa del período de cotización del fallecido (vida laboral).
- Solicitud de pensión de viudedad debidamente cumplimentada.

Los accidentes in itinere (accidentes ocurridos en el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo) se consideran accidentes de trabajo. La viuda tiene derecho a una indemnización a tanto alzado por muerte derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Esta prestación se regula en el artículo 227 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Es importante verificar si el convenio colectivo aplicable a la empresa del fallecido incluye alguna cláusula de seguro de vida o accidente para los trabajadores. Este seguro puede otorgar una indemnización adicional a la viuda.

Si el accidente se debió a negligencia por parte de la empresa en cuanto a medidas de seguridad, podría caber una acción de responsabilidad civil contra la empresa. En este caso, se podría solicitar una indemnización adicional por daños y perjuicios.

(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)
Pensión de viudedad accidente in itinere conyuge
10/07/2024 22:11
Buenas tardes,

Traigo una noticia dramática que os expongo para ver si podéis ayudarme:

Un compañero de trabajo ha resultado desgraciadamente fallecido por un accidente laboral in itinere, perdió la vida yendo a incorporarse al centro de trabajo en un accidente de circulación donde ha perdido la vida.

Quiero ayudar en todo lo que pueda a la viuda y me gustaría saber cómo puedo gestionar esto:

El matrimonio llevaba casado un mes ¿Qué tendría que hacer esta mujer para poder solicitar esta pensión? No sé si existe alguna indemnización a la que pueda tener acceso también.

Muchas gracias de antemano.