Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pensión de alimentos. ¿que puedo hacer?

5 Comentarios
 
Pensión de alimentos. ¿que puedo hacer?
01/09/2020 15:22
Tengo 26 años y estoy terminando mis estudios universitarios. Recibo por parte de mi padre 300€/mes en pensión de alimentos y resido en un piso de mi abuela que ha pasado a formar parte a mi madre. Alquilo 2 habitaciones y vivo con 600€/mes. Mi madre me ha puesto una fecha para abandonar el piso en unos meses, ¿Qué puedo hacer?. La cuestión esque por problemas familiares no podría vivir con ninguno de los 2. La idea de mi madre esque me vaya a vivir con mi padre pero ni tanto a mi ni a el le parece bien esta idea. ¿Podria requerir a ambos una pension hasta terminar mis estudios?, ¿Pueden echarme del piso de mi abuela materna tan facilmente aun? Gracias, Un saludo
perfil Int
02/09/2020 02:06
ignaciiooo
Si que ha habido sentencias favorables, leí el caso de una Chíca de 29 años qu había repetido nosecuantos años la carrera y el juez siguio obligando al padre a pasar la pensión. Pero no es lo usual, a partir de los 25 tus padres ya no tienen obligación de mantenerte sigas estudiando o no.
12/11/2020 09:00
Si la tienes establecida en sentencia sí, primero deberías solicitar la extinción del convenio regulador.
12/11/2020 16:27
Mi hija 21 años emancipadla con su novio, ha tenido un hijo, no trabaja. Debo seguir pasando la manutención?
13/11/2020 13:23
Hola mi ex me pasa de manuntencion 250€ pero en la sentencia de divorcio pone en pensión alimenticia 250€ al mes más el ipc.
Pero a mi solo me pasa la manuntencion de 250€. Que tengo que hacer con lo del ipc?
Además la abogada me dijo que la pensión alimenticia de 250€ era para alimentos y vestimenta, y extraordinarios era médicinas, matrícula, libros, excursiones, dentista, extraescolares etc.
Pero el dice que eso entra en la manuntencion.
Pero eso no está expecificado en la sentencia.
Que puedo hacer?
Gracias
13/11/2020 15:54
Vanema
Buenas tardes,

El IPC en pensiones es una actualización anual, depende de su variación la pensión se incrementa x €. Puede mirar usted misma cuál ha sido la variación anual y ver cuánto correspondería, no es demasiado, suele ser un tanto por ciento bajo. Por ejemplo, variación ipc 1%, pues serían 252,5€. Al año siguiente lo mismo con la variación del ipc correspondiente. Depende de los años que haga lo que le debe la actualización, le puede salir a cuenta de Marcelo, los atrasos hasta cinco años.

En cuanto a los gastos extras, en parte tiene razón su ex.
Excursiones, material escolar, libros, etc. sí la sentencia no lo especifica literalmente, se entiende que están incluidos en la pensión de alimentos, ya se tuvieron en cuenta a la hora de establecer la pensión.Si son gastos extraordinarios por ejemplo unas gafas, una ortodoncia, una medicación específica que tiene un coste importante, etc.

Un daludo