Sera, pension de alimentos no compensatoria, y entiendo que deberas dejar de pagarla, eso si hay que hacerlo via judical modificando el acuerdo, no se puede decidir unilateralmente dejar de pagarla, aunque se cumpla los requisitos para ello. Entiendo que tu hija forma parte de una nueva familia, donde hay ingresos, para mantenerse autonomamente.
Tony tiene razón. Hablas de una pensión alimenticia. Tu hija ya no convive en el domicilio familiar (vive por su cuenta con otra persona como has dicho) y ha formado su propia familia aunque no se haya casado. Tienes que interponer una demanda judicial pidiendo al juez que declare extinguida la pensión de alimentos de tu hija y entre tanto pagar por lo que cuanto antes interpongas la demanda, mejor.