Se puede pactar y recoger en el convenio pero el convenio para ser aprobado pasa por el informe del Ministerio Fiscal y en temas de pensión de alimentos no tiene que tenerse en cuenta lo que las partes pacten si lo consideran perjudicial para los hijos. La pensión de alimentos se prorratea para el pago entre los 12 meses del año, para que lo entienda mejor es como si le asignaran el pago de una cantidad total x pero que se distribuye mes a mes (de ahi que se incluya el mes que están con el custodio). Si lo intenta (el no ya lo tiene) conviene que subsidiariamente y para el caso de que no se acepte, proponga otra solución. Mejor que le asesore su abogado al respecto pues conocerá mejor la práctica de los juzgados donde pueda dirimirse el caso. Algún juzgado lo tiene admitido pero son casos muy aislados.
Un saludo.
Hola, si alguien ha tenido un caso igual, me lo podría comentar : sería admisible que en convenio regulador se pactara, que el progenitor no custodio no pagara o se redujera proporcionalmente la pension alimenticia de un menor, durante el mes de agosto en que este estará con aquél. habría algún problema a la hora de su aprobación en el Juzgado. gracias.