El sobreseimiento libre se produce en instrucción, antes de la apertura de juicio, mientras que la absolución se produce en sentencia. Puedes solicitar ambas:
- En instrucción solicitarás el sobreseimiento libre y archivo. Te será denegado, evidentemente.
- En el escrito de defensa y en el trámite de conclusiones solicitarás la libre absolución de tu defendido y, de forma subsidiaria, solicitarás que se estime la concurrencia de cuantas causas de atenuación de la responsabilidad criminal consideres y, en consecuencia, la imposición de una pena de tanto tiempo que se correspondería con la mínima imponible aplicando las reglas del cálculo de la pena del CP.
Un saludo.
Pena inferior o libre sobreseimiento según las circunstancias
En el supuesto de que sea irrefutable el hecho de que un sujeto haya cometido un delito, siendo posible alegar diferentes elementos para conseguir una reducción de la pena, una vez delante del Juez, qué es más inteligente? Solicitar en su caso como máximo la pena mínima según las circunstancias, o siempre hay que solicitar el libre sobreseimiento y el archivo?
Pongo un ejemplo:
Un sujeto comete un robo con fuerza. Lo tienen grabado por cámaras y hay varios testigos.
En este supuesto, el sujeto es toxicómano y es posible solicitar pena inferior en grado por este motivo; además, también es posible alegar la tentativa y reducir en otro grado la pena ya que lo sustraido no ha quedado en su poder.
Sin embargo, pese a las posibles reducciones en la pena, no hay duda de que es el autor de los hechos.
Al no haber duda alguna de la autoría en la comisión del delito, es más conveniente solicitar una pena reducida para conseguir el resultado "más beneficioso en su caso" para quién comete el delito, o siempre hay que solicitar libre absolución?