Hola, buenas, me gustaría exponer un caso con un colegio público y la posición que están tomando, pues no se si es correcto.
Un menor está viviendo desde hace un par de meses una mala situación debido a un conflicto que tienen sus padres ya divorciados hace tiempo, el menor se encuentra nervioso y triste, le está perjudicando todo negativamente, y ha pasado de sacar muy buenas notas a un gran bajón en su rendimiento académico.
Uno de los dos progenitores pretende instar modificación de medidas para mejorar la situación del menor, en ningún caso para impedir visitas de la otra parte, solo para que sean más adecuadas a los horarios del niño, pero no llegan a un acuerdo ni hay posibilidad.
Pues bien, la profesora no para de decirle que el niño ha bajado mucho, que se le pone a llorar en clase, que le cuenta unas cosas terribles, y la profesora tiene su opinión al respecto y le consta que el menor está sufriendo un perjuicio, pero el director del centro le ha "prohibido " dar nada por escrito, ni tan si quiera un informe donde simplemente se indique que el rendimiento académico ha bajado notablemente.
No se pide al colegio en ningún momento que se posicione, solo que plasmen por escrito una realidad que están observando y que les consta, pero el director dice que solo emitirán un informe con una orden judicial.
¿ Esto es correcto ?, un padre /madre no tiene derecho a que se le de un informe sobre el bajón académico de su hijo si así lo solicita ???.
pues me parece que el colegio no está haciendo lo correcto, solitita el informe del colegio por escrito y si no te hacen caso solicitalo a traves de la direccion provincial de educacion poniendo en dicho escrito que con fecha tal presentaste un escrito con el mismo motivo al colegio y que te han denegado la petición o no te han contestado.
Me parece que tiene todo el derecho.
Ahora bien, por experiencia tambien le digo que los "profesionales" son muy reacios. Sobre todo cuando saben que hay problemas y que si se mojan, sin mas remedio, se ven de alguna manera implicados.
Aunque no parezca lo mas adecuado ni lo que debería ocurrir en teoría, la mayoría "pasa" de los intereses del niño y mira hacia otro lado.
El hijo de mi marido tiene dificultades de atención y para el estudio. No hay patología de base, al menos por el momento. Todo se "reduce" a la falta de atención e inestabilidad de su entorno.
Pero el colegio....siempre es contradictorio. Reconocen en cierta manera las dificultades, pero al mismo tiempo dicen que el niño está bien "porque esta en la media". Desde luego...casi nada por escrito. Todos los años mejora pero...sorprendentemente al año siguiente....el mismo problema!!! Y nadie parece preguntarse por qué. Nadie excepto su padre.
Yo le diría que, aunque se que es difícil, muevan o acudan lo que esté a su alcance. Como ya he dcho en otras ocasiones, no se consigue lo que no se lucha.
Un saludo
Estoy de acuerdo con Nazka pero...... digo yo que las propias calificaciones del menor tb reflejan dicho bajón.
Es decir, una cosa es empeorar en una materia o dos y hacerlo de manera relativa pero cuando el caso es extremo.. digo yo que eso en las notas se tiene que ver.
De todas formas no sé yo hasta qué punto es correcto o no que no hagan dicho informe. Es decir, no sé hasta qué punto se puede considerar subjetivo el tema y lo digo por lo que termino viendo en este mismo foro porque una cosa es la clara vulneración de derechos frente a no informar a los padres (hombres) de las notas, negar la entrega de los menores pero en casos de informes con temas tan escabrosos.... buf, buf, no sé yo y conste que realmente hablo sin saber del tema. Me parece que el tema es muy delicado y quizá, aparte del escrito, estaría bien informarse de hasta qué punto el colegio tiene obligación de realizarlo acudiendo a educación y exponiendo el caso.
Pues en el colegio de mis niños hacian un informe trimestral de cada niño sin que lo tuvieran que solicitar los padres, hasta el año pasado, este año han cambiado la manera de hacer las notas de los chicos y ya no lo hacen pero vaya. (colegio público)
Ah y yo solicite uno mas especifico de mi hijo a traves de la direccion provincial y no tuvieron ningun problema en hacérmelo.
Hola, gracias por las respuestas, sí , hablo de un bajón total, pasar todo de notables y sobresalientes a suficientes pelaos.
Lo que no entiendo es esa actitud de "no damos nada por escrito si no lo dice un juez", vamos , me parece muy drástico y fuera de lugar, ¿alguien se puede imaginar que lleva a su hijo al médico y cuando pide un informe le respondan que si no lo pide un juez no lo da por escrito ?, entonces no entiendo esa actitud.
No puedo estar de acuerdo con pasividad en la forma de actuar colegio ante este caso.
En primer lugar, tal y como ya se comentó en alguna otra ocasión en este mismo foro, y en mi opinión, ninguna administración debería permanecer al margen, de hechos o circunstancias como las aquí expuestos, eludiendo sus propias obligaciones legales cuando de menores se trata.
En relación con lo anterior el art. 14 de la Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor, establece la obligación de autoridades y servicios públicos de prestar la atención inmediata que precise cualquier menor y de actuar, en el ámbito de su competencias, o de dar traslado en otro caso al órgano competente y poner los hechos en conocimiento de los representantes legales del menor, o cuando sea necesario, del Ministerio Fiscal, quien está legitimado, como garante de los derechos de los menores, a plantear el incidente ante el Juez.
Lo mismo sería válido ante la constancia de cualquier discrepancia de ambos progenitores sobre decisiones relacionadas con la patria potestad o autoridad familiar compartida.
Por lo que no debería ser válido, como justificación o argumento para eludir dicha obligación por parte de la administración, que no es de su competencia la regulación del régimen legal de las relaciones familiares, algo que ya se ha denunciado en relación con la actuación, por ejemplo, de la administración territorial en el empadronamiento de menores por parte de un único progenitor o, de igual forma, de la administración educativa, en los casos de escolarización que comporte nuevo ingreso o traslados de matrícula.
Por último no deberíamos olvidar, también, que es un derecho de ambos padres, en relación con la educación de sus hijos, recibir información sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-educativa según el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985 reguladora del Derecho a la Educación. Dicha información puede estar recogida en los boletines de calificaciones o en cualquier otra relacionada con dicho proceso.
En el colegio de mis hijos (en primaria, me refiero) jamás les dieron informe alguno. Colegio público tb. En cambio puedo decir que hace años cuando tenía yo alguna reunión con la jefa de estudios la cosa quedaba en agua de borrajas y, años más tarde, ella escribía a mano todo, lo fotocopiaba y todos firmábamos, poniéndole ella el sello con fecha de entrada.
Es decir, a nivel de informes de ese tipo no tengo idea pero he visto claramente como cambiaron su forma de actuar en el tema de las reuniones con jefe de estudios y, añado, me empezaron a dar copia de ello sin ni siquiera yo pedirlo.
En cambio en el instituto, donde lleva mi hijo dos años, informes tampoco hacen pero el seguimiento es distinto y sé que si yo tuviera que pedir un informe lo harían.
Lo que quiero decir con esto es que al margen de esa LO que menciona con mamá y con papá es que la relevancia que le damos las personas a según que temas es un tema SUBJETIVO y que aunque por ley tengan la obligación de hacer esos informes, HASTA QUE PUNTO VA A REFLEJAR LO QUE QUEREMOS QUE REFLEJE. Es decir, cómo lo diría yo.., vaya que igual el director no está de acuerdo y no considera que tenga que hacer informe alguno de ese tipo porque no lo ve así.
Por eso digo, en conclusión, que lo mejor que puede hacer La Manchega es: saber a ciencia cierta, con normativa, si puede exigir ese informe y con la normativa EN MANO que haga ella/él o quien sea un escrito diciendo algo así como: En base a tal normativa o tal LO, pido informe referente a tal niño en vista de su involución escolar bla bla bla. De esa forma el colegio no tenga más narices que hacer el informe; otra cosa es que, como digo, refleje lo que quieran que refleje. Y conste que no pongo en duda lo que dice; simplemente igual consideran que es demasiado pronto para saber si es un bajón pasajero o no.
La manchega, ¿ese bajón ha sido este trimestre pasado o lleva pasando ya desde cursos anteriores? Piénsalo, a ver si el temilla se puede arreglar prestándole otro tipo de atención al crío, clases de apoyo o si lleva más tiempo sí se necesita meter mano por otro lado. :)
El colegio está en lo correcto, el colegio debe aportar por escrito a los padres los resultados de las evaluaciones, incluyendo faltas de asistencia desglosadas por materias y totales y de palabra el tutor debe dar toda la información requerida sobre la marcha de cada asignatura y otras cuestiones relacionadas con tutorias.
No es función de tutor ni del centro emitir informes de ningún tipo a los progenitores, el centro debe emitir informes a la consejería correspondiente si los pidiera o a instancias judiciales si los requiriera. Para confeccionar esos informes a petición de los progenitores, tras valorar los datos de evaluaciones y examinar a los menores y al entorno familiar si fuera necesario, existen otros profesionales tipo sicólogos, pedagogos, incluso sociólogos, que pueden emitir informe individualmente o a nivel interdisciplinar.
Si se pretende aportar al juzgado un informe del centro deberá solicitarse al juzgado que lo requiera oficialmente al centro.
Hola, a ver Jose Ramon, no se le esta pidiendo al centro una valoracion psicologica, solo una valoracion sobre si su rendimiento academico a bajado o no de forma notable, punto final, solo eso, exclusivamente eso.Por supuesto para otro tipo de valoraciones hay otro tipo de profesionales,obviamente.
Ya indiqué que un centro escolar no tiene entre sus funciones emitir informes a particulares sobre lo que comenta, debe emitirlos a la consejería u órgano administrativo superior que se lo solicite o a la admón. de justicia si lo solicita.
La actitud del centro es la correcta, ya indiqué que si quiere un informe del tipo que comenta o da datos a un profesional/es del tipo indicado o solicita al juzgado que requiera el informe que le interesa.
“Pues bien, la profesora no para de decirle que el niño ha bajado mucho, que se le pone a llorar en clase, que le cuenta unas cosas terribles, y la profesora tiene su opinión al respecto y le consta que el menor está sufriendo un perjuicio…”
En mi anterior entrada me refería a que ante un hecho así la dirección del centro no se puede inhibir y podría actuar.
Desde luego no se puede asegurar que sea éste un caso, pero en el ámbito del maltrato infantil, existen situaciones de riesgo que ocasionan un perjuicio para el desarrollo y bienestar personal o social de los menores y el ámbito educativo es un lugar privilegiado para prevenir, identificar y notificar este tipo de situaciones, siendo muy importante, en este sentido, el papel de los profesionales de la educación.
Para atender de forma adecuada estas situaciones son muy importantes los protocolos de actuación que faciliten y clarifiquen las funciones de estos profesionales y su actuación coordinada con el resto de instituciones, estableciendo, entre otras cuestiones, los responsables de la detección y notificación. Y desde luego entre ellos se encuentran los profesionales que están en contacto con el menor, entre otros, el profesorado y la Dirección del Centro.