El Código Civil establece la obligación de restituir los objetos presuntamente perdidos a su legítimo propietario o, en su defecto, a la autoridad. De lo contrario, y tratándose de un portátil, podría incurrirse en un delito de hurto, que prescribe a los 5 años.
Hola, un familiar mío se encontró un ordenador portátil que parecía abandonado en un lugar determinado, no sabe si lo robaron y lo dejaron allí o alguien lo olvidó o lo perdió.
Esto sucedió hace 5 años, en Octubre de 2018, y durante estos años mi familiar asegura que no lo ha usado, únicamente lo llevó a formatear y funciona perfectamente.
Ahora dice que lo quiere usar porque lo necesita, pero no quiere exponerse a que si fué robado y su propietario lo denunció, a mi familiar le puedan localizar y acusarlo de robo.
¿Me podríais orientar al respecto?.
Gracias.