Efectivamente la modalidad de seguro no es patentable, tal y como especifica la ley de patentes 11/1986 de 20 de Marzo, que en su artículo 4.c detalla que "no se consideran invenciones los planes como reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales".
Una de las formas más sencillas para proteger tu solución es realizar un protocolo notarial, para el cual puedes ponerte en contacto con nosotros al siguiente correo info@protectia.eu o teléfono: 34 913 833 581.
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Las patentes deben cumplir 3 requisitos: novedad, aplicabilidad industrial y actividad inventiva.
La novedad por lo que dices la tienes. La aplicabilidad industrial es, como mínimo, discutible. Es fácil que los examinadores de la OEPM no lo acepten.
La act. inventiva consiste en solucionar un problema técnico existente de un modo no obvio para un experto en la materia. Una modalidad de seguro aunque no exista de antes, si es simplemente un tipo de seguro más no tendría este requisito.
Por lo general, los productos financieros no son patentables. Yo por lo menos no conozco casos si es que los hay. Para lo que quieres hacer pienso que lo mejor sería contactar con la aseguradora, firmar un contrato de confidencialidad por el que se comprometan a no divulgar lo que les vas a explicar y a partir de ahí negociar por tu idea si les interesa. Si acaso podrías registrar la explicación de la idea como propiedad intelectual para que quede constancia de que eres el autor de la idea y una fecha.