Hola buenos dias , mi padre ha fallecido el dia 26 de enero, y queria saber que pasos hay que seguir tras su fallecimiento. Tengo entendido que hay que pagar plusvalia de la vivienda, impuestos y no se que mas. Mi madre aun vive, somos dos hermanos. Si me pudieran indicar donde tengo que ir para hacer todos los tramites?. Soy de Madrid.GRacias un saludo
Deben comenzar por pedir un certificado de últimas voluntades, acompañando para ello el certificado de defunción. Una vez se les indique si su padre otorgó o no testamento, se seguirá un trámite u otro. Si lo otorgó, habrá que estar a lo que se indique en él. Si no lo otorgó, deberán tramitar una declaración de herederos ante notario.
Cuando conste su condición de herederos (ya sea por establecerlo así el testamento o porque lo hayan tramitado ante Notario), llegará el momento de proceder a la adjudicación de los bienes, si es que quieren hacer ya el reparto.
Con los documentos y realizada que haya sido o no la adjudicación de herencia, lo que deben hacer (en el plazo de seis meses a contar desde el fallecimiento) es liquidar el impuesto de sucesiones (que afecta al conjunto de bienes de su padre o de la sociedad de gananciales) y la plusvalía municipal (que afecta únicamente a los inmuebles).
Quedo a su disposición para cualquier asunto adicional, referido a cualquiera de los trámites que brevemente le he indicado, a fin de asesorarle en el modo más conveniente de proceder a su práctica; dado que también tengo el despacho en Madrid.