Las dimensiones que he dado, lo son en centímetros.
La norma establece con carácter general que el ancho de los pasos debe ser el siguiente:
AP/200 0,80 para pasos.
AP/200 1,00 para pasillos.
donde A es la anchura del elemento y P el número de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona.
La anchura mínima es de 0,80 metros en PASILLOS previstos para 10 personas, como máximo y éstas sean usuarios habituales (habrá que contar el número de usuarios por planta).
Las construcciones modernas suelen tener con carácter general pasillos de 90 cms de ancho y me estoy refiriendo a pasillos de edificios privados que se construyen actualmente (estoy harto de verlo).
Reitero que se permite excepcionalmente la existencia de corredores (pasillos) de 71,1 cm de ancho en edificaciones privadas más antiguas y prueba de ello es que el ayuntamiento en cuestión ha concedido la licencia para ejecutar la obra.
¿Donde ha sacado esas normas de dimensiones mínimas?.
Creo que cada PGOU de cada municipio, se establece una normativa determinada, aunque a veces por omisión, se remite a la normativa ded VPO.
Para DickTurpin
En realidad lo que ha aprobado el ayuntamiento es un proyecto falso, ya que no se corresponden las medidas de este con la obra terminada.
Las licencias de obra se otorgan sin perjuicio de tercero.
Denuncie la situación en su Ayuntamiento. Cabe la posibilidad de que revoquen la licencia y acuerden la demolición de la obra. Tendrá usted que contratar a un Abogado.