Entre la vivienda de mi vecino y los bajos de mi local existe un pasillo que acordamos dejar desde hace más de 30 años. El pasillo mide 1 metro, es decir, 50 cm de cada propietario y recorre la linde de las 2 propiedades. No hay documento alguno sobre este acuerdo, solo un pacto verbal.
Él abrió una puerta al final del pasillo que le sirve a él para acceder al patio por la calle, sin tener necesidad de hacerlo por la casa, que también puede.
Hasta el momento no le dábamos utilidad a ese pasillo ya que no teníamos acceso. Se nos has ocurrido abrir 2 ventanas en la pared que linda el pasillo citado.
Hemos hablado con él y no pone ningún problema, ya que él tiene abierta la puerta desde hace muchos años y nosotros no le dábamos utilidad. ¿Tendríamos que recoger en algún documento este acurdo para evitar problemas futuros? ¿qué tipo de documento?
Son personas mayores, podríamos tener problemas con sus herederos?
lo de la ventanas y la puerta no son legales pq no figuran en los planos de la edificacion, pero como el pasillo solo os afecta a vosotros. lo mejor seria plasmarlo en un documento notarial, para q en el futuro los herederos no te hagan cerrrar las ventanas.
Lo mejor sería obtener por escrito la conformidad de los actuales propietarios que obligaria a los futuros. Otra cuestión, es la legalidad urbanística de la apertura de esas ventanas.