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Pasaporte caducado - tarjeta de residencia en vigor

1 Comentarios
 
Pasaporte caducado - tarjeta de residencia en vigor
29/01/2018 21:16
Buenas.
Soy un joven ecuatoriano de 25 años de edad, que vive desde hace 15 años en España. Tengo permiso de residencia de larga duración actualmente en vigor, hasta el 04/11/2021.
Mi duda es: ¿es obligatorio renovar el pasaporte ecuatoriano si éste está caducado?
Mi padre me comenta que si no lo renuevo es como si no tuviese “papeles”, pero entiendo que si no voy a salir del país y no voy a tramitar la renovación de mi tarjeta de residencia hasta la fecha mencionada arriba es un poco innecesario gastarme ahora los 77 euros que cuesta.
¿Podría tener algún problema si mantengo mi pasaporte caducado?
Gracias por su tiempo y disculpen las molestias.
31/01/2018 00:42
Keyner
Hola:

Usted como extranjero extracomunitario residente en España está obligado a mantener en vigor el pasaporte del país de su nacionalidad. Así lo establece el Reglamento de la Ley de Extranjería:

" Artículo 205. Derechos y deberes.

1. Los extranjeros que se encuentren en territorio español tienen el derecho y la obligación de conservar, en vigor, la documentación con la que hubieran efectuado su entrada en España, la que acredite su identidad, expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia, así como la que acredite su situación en España.

2. Los extranjeros están obligados a exhibir los documentos referidos en el apartado anterior cuando fueran requeridos por las autoridades o sus agentes, en ejercicio de sus funciones.

3. Los extranjeros no podrán ser privados de su documentación, salvo en los supuestos y con los requisitos previstos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. "


No es "como si no tuviese papeles", pues usted cuenta con una autorización de residencia de larga duración. Pero carece del documento de viaje en vigor del país de nacionalidad y el ordenamiento jurídico español le impone a todos los extranjeros residentes en España la obligación de mantener en vigor los documentos de viaje del país de nacionalidad. Y más allá de la imposición normativa, es algo que se torna indispensable en el caso de que por cualquier circunstancia se tuviera que ver en la necesidad de viajar fuera de España.

El pasaporte de Ecuador no cuesta 77 euros, sino 49 euros. Para las personas de la tercera edad cuesta 24,50 euros y es GRATUITO para personas que cuenten con el 40 % o más de discapacidad reconocida en Ecuador por el CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidades) o el Ministerio de Salud Pública de Ecuador ( que expide un carné de persona discapacitada a aquellas a quienes ha reconocido su discapacidad). Si se paga con tarjeta de crédito o débito, el consulado recarga y repercute en el interesado el 1 % del valor de la factura, que es el coste de la comisión bancaria.

En el consulado general del Ecuador en Madrid lo suelen entregar el mismo día. Pero desde los consulados de Ecuador situados en otras ciudades de España se tarda alrededor de una semana.

El pasaporte de Ecuador es válido por 6 años. Si por cualquier motivo debe circular por el espacio de Schengen, siempre debe llevar consigo el pasaporte ecuatoriano en vigor - que es su documento de viaje - y la tarjeta de identidad de extranjero expedida en España en vigor, que es el documento por el cual consta que usted es residente legal en España.

Mientras usted no haya adquirido la nacionalidad española - que a estas alturas ya podría haberla solicitado, pues por su nacionalidad son suficientes sólo dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición- , seguirá hallándose sujeto a la normativa de Extranjería, con todo lo que ello conlleva.

Y en todo caso, cuando le corresponda renovar su actual tarjeta de identidad de extranjero por la que se documenta su autorización de residencia de larga duración se le exigirá la presentación del pasaporte en vigor. Y si solicita la nacionalidad española por residencia, también es exigible la presentación del pasaporte completo en vigor.

Un cordial saludo.