Vivo en una comunidad de 12 vecinos con zona privada a la cual se accede subiendo una cuesta con bastante pendiente, la cual llega a la entrada de los garajes y continúa unos metros donde finaliza, en esta última zona se permitió aparcar unos 3-4 coches y no hay riesgo de accidente por el hecho de subir la cuesta.
Necesito saber si aún habiéndose acordado en la junta de vecinos permitir aparcar en la cuesta con el consiguiente riesgo de accidente, ya que hay que subir con cierta carrerilla, si legalmente está permitido por el riesgo que hay. Muchos vecinos tienen una plaza de parking para 1 vehículo y como necesitan aparcar los demás coches que tienen los dejan o en la cuesta o en la zona habilitada al final.
Por favor si alguien puede contestarme sobre la legalidad vigente, lo agradecería.