Eran otros tiempos Yamila quizás ni existiera el divorcio o estaba todo aún en pañales.
Solo le digo goz, y mire que cada uno debe luchar por lo que cree, es que tenga cuidado con el enemigo.
Si esto le parece que no le ayuda pues bueno, yo lo hago con la mejor intención.
Ya le digo que á una viuda conocida tuvo en tela de juicio su pensión, y no se si se han quitado.
El enemigo que usted tiene ahora tiene poder para eso y más.
No es normal una cuenta en comun, tantos poderes como usted dice otorgados por ese señor etc se podria pensar que es usted no una pareja de hecho si no de hecho la pareja. Pues encima usted lo denomina así. Mi pareja.
No entenderan como no se casaron para recibir ahora esto por ley y no de esta manera. Y si veran que hubo algo por lo que no se casan, quizás para salvaguardar otros intereses...
Le repito que no va a tratar usted con unos herederos sin idea de nada y sabe dios que abogado que quizás hiciera poco por ellos.
Pero si prefiere que le demos la razón y la aplaudamos, pues venga tiene usted mi aplauso.
Hola, pues he mirado en las demás libretas que tenemos, y no pone nada sobre a quién le pertenecería, pero en la libreta que tenía mi pareja con su ex si que lo pone, como os dije ya llevan 15 años separados, y no creo que la ley haya cambiado; pone exactamente lo que has dicho que pasa al que quede vivo del que está en la libreta, y no para los herederos, lo pone bien claro, yo tengo esa hoja, es la última de todas por la cara de dentro.
Pero como todo cambia lo mejor es ir a preguntar a la Caixa.
Hola cansado, A ella estoy esperando a ver si me da su opinión, pero parece que se la ha tragado la tierra. Ya sabes que cuando creo que tengo la razón voy hasta las últimas consecuencias. Soy don erre que erre.
Bien tolimar.A él me acojo. por preguntar nada cuesta y si no es de ley que a mi me den la razón amparandome en ese articulo, entonces aceptaré. Yo no estoy aquí para pelarme por nada ni con nadie, solo digo que si existe una norma que reza de esa forma, entonces yo tengo razón.De hecho me he mantenido al margen siempre y he recibbido lo que me han dado. Es más jamás he dispuesto de esa cuenta para nada, siendo la titular y por si fuera poco, teniendo en vida de mi pareja un poder notarial amplio a mi nombre, que eso es una bomba de documento y una carta blanca para hacer y deshacer lo que quieras.Osea que no es por dinero, es por hacer que se cumpla la ley si esa ley existe, nada más.
Pues eso dice ese articulo winza. Eso no quiere decir que luego los herederos se las vieran con la persona en cuestión en los tribunales.Pero de lo que se trata en ese articulo es que la responsabilidad del banco acabaría en ese punto.Luego ya se las apañen quien sea.Pero en mi caso no tengo herederos con los que batallar. Entiende la diferencia?.
De todas formas ya informaré de como acaba la cosa y si tengo razón o no.
Winza
Tu si lo has entendido a la primera.
Creo que el error es creer que es el banco el que se quiere quedar con el dinero.
He leido un articulo que trata sobre los asilos.El estado controla en todo momento,para que no se le pase ningun fallecimiento,para que en caso de no tener herederos hacer valer sus derechos.
Supongo que eso lo hace en todos los niveles.
Me esta diciendo goz que si los herederos hubieran aceptado la herencia igualmente ese dinero seria de usted?
No sé como interpretaria un juez ese artículo, pero desde luego no creo que este primero dicho cotitular que los herederos.
Que fácil seria dejar sin herencia a los hijos en los últimos momentos a veces sin criterio propio, vendiendo propiedades y desviando este dinero a dicha cartilla.
La ley no creo que consintiese dichas actuaciones tan a la ligera .
Bueno winza. Entonces ese articulo que regula las cajas de ahorro y que se está a disposición en el Banco de España, resulta que se lo pasan todos por el forro de sus caprichos?. Para que sirve entonces?.Mire, yo voy a ir con ese articulo en la mano asi como el resto del decreto que regulan a las cajas y se lo voy a estamapar en su cara. Que me bajen del burro con pruebas tajantes como las que expongo o que derogen ese articulo.
Imagine goz que en vez de una cartilla fuera un piso a nombre de los dos. Los dos son titulares pero si no estan casados ni son pareja de hecho el 50% de esa propiedad es de los herederos o en su defecto del estado.
Por mucho que esta vivienda al igual que esta libreta este a nombre de los dos es de usted el 50% de este señor.
En ausencia de todos los anteriores, hereda el Estado, aunque en algunas Comunidades Autónomas es precisamente la Comunidad Autónoma respectiva.
Este orden es distinto en algunos Comunidades Autónomas como en el País Vasco y Navarra.
Para acreditar la condición de heredero es preciso probar el fallecimiento y efectuar un procedimiento de declaración de herederos abintestato, el cual puede ser judicial o notarial y cuyos costes son, en todo caso, superiores al de un testamento.
winza, usted tiene razón en cuanto a lo que dice que si no hay herederos, hereda el Estado, En este caso si yo no figurara como titular, primero que no se me ocurre decir ni pio y segundo que no tendria derecho a nada puesto que no figuro en esa libreta. Pero he aquí que sí fugiro como titular, entonces ya no es cuestión de que se siga el orden sucesorio para que herede el Estado. Es más complicado que todo eso y más sencillo a la vez.¿Es que se va a pasar por alto el artículo 27 que he citado antes?, creo que ahí lo pone bastante clarito y no habla de que herede el Estado, antes estoy yo.
Yamila9
Sí que sería conveniente que preguntase en la caixa sobre ese aspecto, ya que en mi libreta de la caixa de Cataluña no lo pone. No estaría mal que se informara al respecto y así nos ayudamos todos y los que vengan con ese mismo problema, que me imagino que habrá bastantes pero aún no son conscientes de lo que tienen encima.
Quiero djar claro otro aspecto, Si en vida mi pareja u otra persona, pone a otro como titular en sus cuentas, queda patente la voluntad del primer titular. Entonces no sé por qué ya no prevalece esa voluntad que en un principio se plasmó en un contrato.
Pues si es así, entonces por qué en la libreta de la Caixa de Catalunya pone que en caso de fallecimiento de uno de los dos, le pertenece al otro??, ya os digo que yo guardo esa hoja de la libreta, ahora que si la ley a cambiado eso ya es aparte, no lo sé......; ya lo preguntaré un día en la Caixa y llevaré la hoja de la libreta que he comentado, haber lo que me dicen.
En cuanto a lo que han comentado de que si no se lo a dejado en el testamento, cuando se hace testamento que yo sepa no se puede dejar una libreta al alguien en herencia, no??.
A mí también me preocupan estos temas porque mi pareja tiene una hija mayor de un matrimonio anterior que hace 15 años que no se ven, pero seguro que el día que mi pareja falte vendrá como una loba, después que he sido yo la que lo a atendido, porque su familia no se a preocupado de él para nada, y yo ya llevo 13 años con él, y no tenemos hijos en común, así que ya veremos como me veré en un futuro, que me lo veo bien negro.
Si no hay herederos, hereda el estado, y ese 50% que este señor dejó no le pertenece a usted si no al estado.
Ya le digo que no ganará a los abogados del estado, y no se quedará con algo que simplemente no le pertenece.
Debió de testar el finado en su favor si no fue así usted no puede tocar esto, por esto el bloqueo.
Yamila9. Se enteraron al día siguiente en el periódico, por la esquela que pusieron los servicios funerarios. Los bancos lo peinan todo para, precisamente por las defunciones publicadas en los diarios, cubrirse las espaldas contra el fisco y luego no les pidan responsabilidades. Pero aunque los abogados son muy listos, a ver quien lo es más. Si no hay herederos con los que se pueda dar un enfrentamiento hacia mi persona y no hay impuestos de sucesiones que pagar, no veo la necesidad de seguir con las cuentas bloqueadas. Reitero que nadie ouede eliminarme de titular de esa cuenta y muchos menos sustraer ese capital a su conveniencia.
yamila9
Eso que dices es lo que hice yo,pero los herederos me denunciaron y tuve que devolver el 50% mas los intereses de todo el tiempo que duro el juicio.
Hola Goz, y cómo se enteraron los del banco de que tu pareja había fallecído??.
En una libreta que tenía mi pareja a nombre de él, y de su ex cuando estaban juntos, pone en la última página de la libreta de la Caixa de Catalunya que si la libreta está puesta a nombre de dos personas, en el caso de que uno de los dos fallezca el dinero es para la otra persona que queda viva, y digo yo es que si no la persona que queda viva de qué come??; ahora que no sé si esto habrá cambiado; ellos se separaron hace 15 años, y todavía guardo la última hoja de la libreta en la que pone lo que he comentado, cuando se separaron ya sacaron todo el dinero que tenían ahí.
Si sabéis algo, lo comentais por aquí, como todo cambia, pues es eso.
Yo no entiendo mucho de leyes pero pienso que en una pareja en que la libreta está a nombre de los dos, cuando uno de los dos fallece se vá al banco sin decírle al del bamnco que tu pareja a fallecído y se saca todo el dinero, porque si te hace falta el dinero de qué comes??, luego se pagan los impuestos que hayan que pagar y ya está no??.