En ausencia de todos los anteriores, hereda el Estado, aunque en algunas Comunidades Autónomas es precisamente la Comunidad Autónoma respectiva.
Este orden es distinto en algunos Comunidades Autónomas como en el País Vasco y Navarra.
Para acreditar la condición de heredero es preciso probar el fallecimiento y efectuar un procedimiento de declaración de herederos abintestato, el cual puede ser judicial o notarial y cuyos costes son, en todo caso, superiores al de un testamento.
Imagine goz que en vez de una cartilla fuera un piso a nombre de los dos. Los dos son titulares pero si no estan casados ni son pareja de hecho el 50% de esa propiedad es de los herederos o en su defecto del estado.
Por mucho que esta vivienda al igual que esta libreta este a nombre de los dos es de usted el 50% de este señor.
Bueno winza. Entonces ese articulo que regula las cajas de ahorro y que se está a disposición en el Banco de España, resulta que se lo pasan todos por el forro de sus caprichos?. Para que sirve entonces?.Mire, yo voy a ir con ese articulo en la mano asi como el resto del decreto que regulan a las cajas y se lo voy a estamapar en su cara. Que me bajen del burro con pruebas tajantes como las que expongo o que derogen ese articulo.
Me esta diciendo goz que si los herederos hubieran aceptado la herencia igualmente ese dinero seria de usted?
No sé como interpretaria un juez ese artículo, pero desde luego no creo que este primero dicho cotitular que los herederos.
Que fácil seria dejar sin herencia a los hijos en los últimos momentos a veces sin criterio propio, vendiendo propiedades y desviando este dinero a dicha cartilla.
La ley no creo que consintiese dichas actuaciones tan a la ligera .
Winza
Tu si lo has entendido a la primera.
Creo que el error es creer que es el banco el que se quiere quedar con el dinero.
He leido un articulo que trata sobre los asilos.El estado controla en todo momento,para que no se le pase ningun fallecimiento,para que en caso de no tener herederos hacer valer sus derechos.
Supongo que eso lo hace en todos los niveles.
Pues eso dice ese articulo winza. Eso no quiere decir que luego los herederos se las vieran con la persona en cuestión en los tribunales.Pero de lo que se trata en ese articulo es que la responsabilidad del banco acabaría en ese punto.Luego ya se las apañen quien sea.Pero en mi caso no tengo herederos con los que batallar. Entiende la diferencia?.
De todas formas ya informaré de como acaba la cosa y si tengo razón o no.
Bien tolimar.A él me acojo. por preguntar nada cuesta y si no es de ley que a mi me den la razón amparandome en ese articulo, entonces aceptaré. Yo no estoy aquí para pelarme por nada ni con nadie, solo digo que si existe una norma que reza de esa forma, entonces yo tengo razón.De hecho me he mantenido al margen siempre y he recibbido lo que me han dado. Es más jamás he dispuesto de esa cuenta para nada, siendo la titular y por si fuera poco, teniendo en vida de mi pareja un poder notarial amplio a mi nombre, que eso es una bomba de documento y una carta blanca para hacer y deshacer lo que quieras.Osea que no es por dinero, es por hacer que se cumpla la ley si esa ley existe, nada más.
Hola cansado, A ella estoy esperando a ver si me da su opinión, pero parece que se la ha tragado la tierra. Ya sabes que cuando creo que tengo la razón voy hasta las últimas consecuencias. Soy don erre que erre.
Hola, pues he mirado en las demás libretas que tenemos, y no pone nada sobre a quién le pertenecería, pero en la libreta que tenía mi pareja con su ex si que lo pone, como os dije ya llevan 15 años separados, y no creo que la ley haya cambiado; pone exactamente lo que has dicho que pasa al que quede vivo del que está en la libreta, y no para los herederos, lo pone bien claro, yo tengo esa hoja, es la última de todas por la cara de dentro.
Pero como todo cambia lo mejor es ir a preguntar a la Caixa.
Eran otros tiempos Yamila quizás ni existiera el divorcio o estaba todo aún en pañales.
Solo le digo goz, y mire que cada uno debe luchar por lo que cree, es que tenga cuidado con el enemigo.
Si esto le parece que no le ayuda pues bueno, yo lo hago con la mejor intención.
Ya le digo que á una viuda conocida tuvo en tela de juicio su pensión, y no se si se han quitado.
El enemigo que usted tiene ahora tiene poder para eso y más.
No es normal una cuenta en comun, tantos poderes como usted dice otorgados por ese señor etc se podria pensar que es usted no una pareja de hecho si no de hecho la pareja. Pues encima usted lo denomina así. Mi pareja.
No entenderan como no se casaron para recibir ahora esto por ley y no de esta manera. Y si veran que hubo algo por lo que no se casan, quizás para salvaguardar otros intereses...
Le repito que no va a tratar usted con unos herederos sin idea de nada y sabe dios que abogado que quizás hiciera poco por ellos.
Pero si prefiere que le demos la razón y la aplaudamos, pues venga tiene usted mi aplauso.
Además si el finado tienen deudas ese dinero lo utilizaran para concelar las deudas.
El que se queda con una herencia se queda con todo.
No sé por que la herderos renuncian, imagino que por que la deuda es mayor que el capital. Esto sera así tambien para el estado que es el que hereda ahora. Uste no puede coger lo bueno y dejar la deuda para el herdero, la van investigar y vera como no se hace esto así tan fácil. A los herderos si se podria quizás haber colado al estado le aseguro que no. Ya se lo harian pagar de la manera que fuera.
Por cierto son cosas que se vienen a la cabeza, los herederos que han renunciado a la herencia, y que esta claro que si renuncian es por que hay más deuda que dinero, van a dar mucha información al estado de usted, seguro. Uno a veces gana unas batallas pero no gana la guerra.
Y otra cosa más dices que ya no apareces en la cuenta, pues mejor para tí, no? Ya que ante hacienda no posees ese dinero que era lo que decias al principio que te preocupaba.
El estado tiene una red bien diseñada para casos como este que se dan mucho y no se deja escapar a nadie, que pretenda dejarle las deudas y quedarse con el dinero, tenlo por seguro.
Ah, y otra cosa más dices que hay acreedores pues te van a pedir que justifiques de donde sale ese 50% que te has llevado. Como lo has ganado. Si no eres capaz te lo pediran para pagar a dichos acreedores. El estado no se queda con deudas de nadie mientras que haya un solo sitio de donde saldarlas.
goz
Yo en todo momento te he dado la informacion de 1ª mano que tengo,y te la he dado con educacion.
Es mas personalmente preferiria que lo disfrutaras tu antes que el estado.
Si por ese motivo la tipa esa dice que somos la del anis,pues vale,pero a lo peor la que trinca es ella,porque solo dice banalidades.
goz, winza te esta aconsejando muy bien.Mira cuando uno recibe una herencia, que se presume que puede tener deudas, se acepta a beneficio de inventario, es decir que se cobran de la herencia las deudas, y si sobra, se hereda lo que pueda quedar. Sino se hace así se corre el riesgo de tener que pagar las deudas en este caso de tu pareja, pues resulta un tanto extraño que los herederos no lo hayan aceptado.
Y si la cuestion es que hay acreedores, y tu parte no se sabe de donde viene, ahí quizá, te pidan que demuestres la procedencia de ese dinero, porque para que alguien te de bastante dinero tiene que hacer una donación.