Si no se encuentra Vd. viviendo en Aragón, Cataluña, etc. que tienen un régimen sucesorio específico, según el derecho sucesorio común, él no heredará salvo que Vd. así lo exprese testamentariamente, pero tendrá derecho al usufructo de los 2/3 de la herencia. Lo mejor es que haga testamento.
Estoy casada en gananciales. No tengo hijos y tengo un piso de soltera a mi nombre. Si me muero quiero que lo que he heredado de mis padres pase a mi familia, no a mi marido y su familia y mi piso que lo pueda usar en usufructo pero que lo herede mi familia. ¿Es esto posible o tiene que heredarlo el?
Gracias por vuestra ayuda.