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Pareja de hecho

3 Comentarios
 
Pareja de hecho
25/04/2008 19:38
Hola a todos y gracias de antemano a quien pueda ayudarme.Mi consulta es la siguiente:¿Que trámites y donde debo dirigirme con mi pareja actual para inscribirnos como pareja de hecho?Vivimos en Salamanca y al inscribirnos como tal ¿ nuestros derechos seran los mismos que los de un matrimonio en los temas legales?Por ejemplo,a la hora de retenciones en nóminas,declaraciones de renta ¿podremos hacerla conjunta?.Gracias de nuevo por vuestras respuestas.Un saludo,Pepy.
25/04/2008 22:02
Se reconocen los mismos derechos que los cónyuges en matrimonio, siempre y cuando se certifique la inscripción como pareja de hecho en el registro oficial de parejas de hecho, actualmente en Salamanca no existe un registro de parejas de hecho pero ustedes pueden acudir a La Junta de Castilla y León que acoge todas las solicitudes autonómicas que no cuenten con Registros de ámbitos municipales,para ello debe aportar a La Junta:
1/Certificado de estado civil en el Registro Civil de Salamanca.
2/Estar ambos empadronados en el mismo domicilio y aportar certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento.
3/Hacer la solicitud en la Junta de Castilla y León.
Realizada una instancia por escrito haciendo constar la voluntad de constituirse como pareja de hecho,la Conserjeria de familia de Valladolid comprobados los requisitos,hace inscripción de la pareja de hecho en un plazo de 15 dias.Espero haber aclarado sus dudas.
26/04/2008 12:42
Muchisimas gracias,claro que ha aclarado mis dudas y ahora se adonde debo dirigirme,pues habia mirado por internet pero en ninguna página ni de la junta de Castilla y León,ni del ayuntamiento de Salamanca había encontrado ninguna información concreta.Gracias de nuevo y un saludo,Pepy.
26/04/2008 13:00
Hola:
En mi modesta opinión, sark estás equivocado.
El derecho común no reconoce los mismos derechos a las parejas de hecho -aunque estén inscritas- que al matrimonio.
Por poner un ejemplo: en sucesiones, el Cc no reconoce como legitimario al conviviente "more uxorio" -pareja de hecho-; no se encuentra entre los herederos forzosos -a diferencia del cónyuge que sí lo es-.
En los derechos forales, si exite cierta vinculación.
Salvo mejor criterio.
SAludos