Hola, Soy Española, vivo en Navarra, mi pareja es extranjera de Albania, esta ilegal y sin empadronar en Navarra.
Mi pregunta es. ¿Que tenemos que hacer para poder hacernos pareja de hecho en Navarra?, primero se tiene que empadronar ( que necesita para hacer el empadronamiento) y luego para hacernos pareja de hecho que necesitamos?
y otra pregunta, una vez que seamos pareja de hecho, tiene efectos en Italia, podriamos ir sin problemas a vivir a Italia como pareja de hecho y legalmente?
muchas gracias
hola de ante mano agradecer su interes por responder nuestras dudas, en mi caso tengo varias y me gustaria si pudiese me ayudara un poco.
1) soy de nacionalidad venezolana tengo en españa 7 años estoy en situación irregular .
2). soy pareja de un colombiano desde hace 6 años siempre empadronados en el mismo domicilio , residente legal en españa actualmente con tarjeta de residencia permanente. actualmente se encuentra en paro cobrando subsidio de la ss.
3). tenemos dos niños en comun uno de 3 años (por ser hijo de madre venezolana nace venezolano nacido en españa) con tarjeta de residencia española permanente y el pequeño de 22 meses con pasaporte venezolano.
4). actualmente estamos realizando los tramites para hacernos pareja de hecho.
la pregunta es con toda la situación que presento podria regularizar mi situación?
tengo miedo a que me detengan y mis dos niños como quedarian? que podria hacer en ese caso?
a donde me tendria que dirigir en caso de que se pudiese para legalizar mi situación?
un telefono o dirección para poder dirigirme personal mente a su despacho y los costes que esto me traeria economicamente.
2348.patricia@gmail.com
gracias nuevamente por la atención prestada a esta solicitud.
saludos cordiales.
En su caso, inscribirse como pareja de hecho con el padre de sus hijos, solo será un elemento más a considerar para que pueda solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de ARRAIGO SOCIAL.
No procede el arraigo familiar, porque sus hijos no son de nacionalidad española.
Tampoco puede aplicársele el régimen comunitario, porque el padre de sus hijos no es nacional de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
Por eso, solo le queda la vía del arraigo social. Como usted tiene dos hijos y se inscribirá como pareja de hecho con el padre de sus hijos, no será necesario el informe de inserción social (aunque sería, de todas maneras, conveniente que lo solicitara). Pero, en cambio, sí será necesario adjuntar ALGUNO de los siguientes documentos:
A) Contrato de trabajo de duración igual o superior a un año (y la documentación del empleador, quien no debe tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda y tiene que estar en condiciones de ofrecerle una actividad continuada durante el tiempo que dure el contrato).
B) Proyecto de actividad por cuenta propia.
C) Si no tiene ni el contrato de trabajo, ni modo de probar que iniciará una actividad por cuenta propia, tendrá que acreditar que dispone de medios económicos suficientes para usted y las personas a su cargo. Si usted depende económicamente del padre de sus hijos, debe adjuntar los medios de vida de él. Deberán significar, en el caso de ustedes, un 250 % del IPREM, ya que son 150 % por la pareja y 50 % por cada miembro adicional (y tienen dos).
Mi correo electrónico es condedecartagena@hotmail.com. Puede escribirme su desea.