Agradeceria que me explicasen lo que significa "uso privativo" de una parcela perteneciente a un bajo (de vpo).¿Que modificaciones se pueden hacer?;¿que se paga exactamente?;¿ha de incluirse en la misma hipoteca de la vivienda?;
uso privativo o uso exclusivo quiere decir que a pesar de ser un elemento común del edificio, el único propietario que puede hacer uso del mismo el que lo tiene atribuido en regimen de exclusividad o privativamente, pero no por ello dicho elemento-en éste caso la parcela-deja de perder su caracter de elemnto común, por lo que las modificaciones sobre el mismo estarán sujetas a los requisitos y condiciones que en tal sentido estblece la Ley de Prop. Hzontal. Por ello cualquier modificacion-obra en dicha parcela requiere la unanimidad de los propietarios.
Respecto de las otras preguntas descoozco a que te refieres exactamente. Da mas datos.
Gracias por tu respuesta helpman.
Lo que quiero saber es ,si al ser una vpo, la parcela se registrara a mi nombre o no, si se hara en la misma escritura que la de la vivienda y si puedo solicitar una hipoteca para pagarla.
en teoria depende de lo que conste en el titulo constitutivo de la propiedad horizontal(v.g:que la parcela sea anejo de la vivienda).En éste caso teoricamete si se incluiria en la misma escritura.
Considero que si puedes solicitar una hipoteca para pagarla.
1 saludo