Por supuesto que puedes alegar, en el plazo indicado en la exposición pública del plan, que estás interesado en excluir tu terreno de la unidad de ejecución en la que el PGOU en revisión la incluye y solicitar cambiar su calificación a la de suelo urbanizable NO delimitado.
Pero, sea o no aceptada la alegación, me parece que deberías ser consciente del significado del cambio de Urbanizable Delimitado actual a Urbanizable No Delimitado, que es como se identifica al denominarlo suelo residual.
En suelo calificado urbanizable se caracteriza por su consideración de urbanización prioritaria por el PGOU, lo contrario del categorizado como urbanizable NO delimitado o residual, que el ayuntamiento podría denegar su desarrollo mientras el prioritario no haya agotado sus posibilidades.
En cualquier caso, deberías tener en cuenta que tanto si el desarrollo urbanístico de tu parcela se produce estando dentro de una unidad de ejecución como si se lleva a cavo desde fuera, los deberes de los propietarios son idénticos. Costear a su costa y entregar las obras de urbanización al ayuntamiento y ceder el suelo necesario para viales y zonas verdes que el PGOU, o la ley urbanística, establezca para esa clase de suelo.
La parcela efectivamente es urbanizable y el ayuntamiento me permite construir la casa que quiero una vez declarada la parcela como residual.
Como te he comentado no saben decirme el porque del recorte de la parcela, no tien ningún interes comunitario y ademas afea la forma de la calle. Lo unico que me dicen es que pudo ser un error.
Solo quiero saber si se puede hacer alguna actuación para solicitar que dejen la parcela como esta actualmente y como uieren dejarla en la proxima revisión del plan general de urbanismo de la zona.
Ates de continuar deberías asegurarme la certeza, o equivocación, de mi presunción sobre la clasificación de suelo urbanizable de la parcela y, en su caso, si el plan que se revisa la incluye en una unidad de ejecución.
Se pude de alguna forma solicitar que dejen la parcela como esta en la actualidad, si recortar, ya que el propio ayuntamiento reconoce que es un error. En el avance del futuro plan la dejan como esta en la actualidad, sin recorte.
Presumo que se trata de un terreno de suelo urbanizable afectado por una unidad de actuación.
Si es el caso, tras el respectivo proceso urbanizador (cesiones incluidas), recibirás una parcela urbanizada de una superficie acorde con la aportada a dicho proceso.
Obviamente la superficie será menor y, considerando que las cesiones son gratuitas, no tendrás derecho a recibir indemnización por tal cesión.
Buenos días, voy a compar una parcela que se encuentra afectada por el plan urbanistico actual.
la parcela se ve recortada en un 50% por el actual plan urbanistico.
El avance del proximo plan urbanistico deja la parcela con sus medidas actuales, sin el recorte.
En el ayuntamiento reconocen que fue un error el recorte de la parcela.
Se puede solicitar que no recorten la parcela ya que el proximo plan la deja como estaba?
Tengo derecho a que me pagen, en caso de recorte, el terreno que me quitan?