He heredado un piso en Madrid, propiedad de mis padres, tras el fallecimiento de ambos, recientemente de mi padre. ¿Es necesario pagar la plusvalía al ayuntamiento si el piso es mi vivienda habitual?
En mi opinión es que, al igual que el ISD, es obligatorio liquidar la plusvalía , que no tiene por qué significar que le salga a pagar.
Lo más probable es que no tenga que pagar un solo euro o muy poco, por el hecho de ser su vivienda habitual, ya que está situación suele estar muy bonificada.
Consulte en su ayuntamiento.
Saludos.
Esto pásalo a derecho tributario.
Cada municipio tiene sus ordenanzas al respecto y regula posibles bonificaciones. Si tiene el impuesto desarrollado, sí, debes presentarla, al margen de que te salga a pagar más o menos por ser tu vivienda habitual o la circunstancia que sea. Las bonificaciones afectan a la suma a pagar, no a la obligatoriedad de presentar el impuesto. De hecho es que no se pueden valorar, si no se presenta este. No sé cómo va en Madrid pero si lo bonifican al máximo quizá te salga 0, no tengo ni idea, pero hay que presentarlo igualmente.
Las exenciones son por vivienda habitual del fallecido Que sea "tu" vivienda habitual no importa.
Al haber fallecido ambos padres, y si era un bien ganancial, la plusvalía de la madre debió hacerla en su día, y ahora la del padre por el otro 50%.
Los ayuntamientos pueden establecer una bonificación de hasta un máximo del 95 % en el caso de bienes heredados por descendientes. Es voluntario, unos lo hacen, otros no, y cada uno pone las condiciones que considera oportuno, por lo que tienes que ver la ordenanza fiscal del municipio. En el caso de madrid capital, existe una bonificación para la transmisión de la vivienda habitual del causante(tenía que ser vivienda habitual de tu padre) cuyo porcentaje dependerá del valor catastral del suelo