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Pago de vacaciones en la liquidación

1 Comentarios
 
29/03/2018 17:07
Alvarades
Eso que dice de que hay empresas que dan las vacaciones a año vencido noves del todo cierto, lo que ocurre es que en los principios de los trabajadores en las empresas suelen tener ctos temporales en los que llegado su fin se les pagan las vacaciones y entonces hasta no llevar un año no generan vacaciones, bien dicho esto pasamos al tema, tanto los dchos como las reclamaciones de cantidad tienen su plazo para reclamarlos y por tanto lo que le dicen desde la empresa es cierto, es decir ha perdido la posibilidad de reclamarlas, sin embargo, recientemente ha salido una sta de la UE, (como siempre Europa dando lecciones a España sobre dchos fe los trabajadores y eso que en teoría somos un Estado Social), bueno como digo ha salido una sta en la que dice que las vacaciones no se pierden jamas, sean del año que sean. Por tanto la solución será acudir a un sindicato o abogado y demandar a la empresa.
SMO
Pago de vacaciones en la liquidación
29/03/2018 11:16
Buenos días.El próximo 31 de marzo por motivos personales (traslado de mi marido a otra comunidad autónoma) solicitaré la baja voluntaria en mi empresa.
Llevo trabajando en la empresa desde el año 2006 y durante el primer año no disfruté, ni me pagaron las vacaciones generadas durante ese primer año. Sé que no es la práctica más habitual,pero hay más empresas en las que disfrutas las vacaciones por año vencido (por decirlo de algún modo).
Pues bien, me encuentro en la situación que me dicen que ese mes de vacaciones ha prescrito, es decir, que no tienen intención de pagármelo en la liquidación. ¿Es eso lícito o posible?..
De no ser así y tenerlo que reclamar, ¿Cuáles serían los pasos a seguir?

Un saludo y muchas gracias de antemano