Rquesador, no entre en debates absurdos que nos alejarían de profundizar en la cuestión, la madre tiene que pagarse su vivienda, su lavadora, igual que se lo paga usted, y cualquier persona emancipada, la madre a efectos legales es persona emancipada, aunque pretenda vivir de su ex y que hasta le pague gastos de la vivienda como si fuera su hija......
Piense bien lo que hace, porque no cae usted en un pequeño detalle: que la vivienda si que es un gasto que está costeando la madre. Las pensiones se dan en función de las necesidades pero tmb de los ingresos de quien las otorga. Las pensiones incluyen tmb agua, luz, tfno, autobus o cualquier tip de transporte, ropa, enseres, libros, utiles de estudio, dietas en la uni, imprevistos, reparaciones de calderas, de lavadoras-
Supongo que la pensión no se ha modificado, pero los precios de las matrículas y los gastos de sus hijos son cada vez mayores. Si su exmujer se compró un piso después de separarse, seguramente que fue porque llegaron a u acuerdo sobre el suso de la vivienda, acuerdo en el que usted se comprometió a abonar una pensión considerable, y por eso ahroa no debe usted ser, perdone la plabra, tan mezquino de enredar y fastidiar a sus hijos, sólo porque ahora ha cambiadode opinión. No es justo lo que usted propone, es mucho mejor para sus hijos que sea su madre, y nadie mejor que ella, la que administre los bienes, piense mñas allá, piense que el piso que compró su mujer, mañana será tmb para sus hijos, y que ahora solo piensa en fastidairlos, ¿lo ha pensado bien? yno crea queporque no dice todo, la gte no se da cuenta de las cosas.
Qué abuso. Se puede presumir que la madre compró la casa ayudándose bastante de la pensión de los hijos.
Una cosa, ¿no pueden sus hijos vivir con usted?. Aunque imagino que tendrán su vida adpatada al lugar de la madre, uno el instituto, los otros estarán estudiando supongo....
Complicado, si ellos renunciaran a la pensión no creo que la madre tenga obligación de tenerlos en casa, y pudiera incluso echarlos....
En el caso de la hija mayor, al irse a vivir fuera no creo que tenga problemas. Aunque solamente renunciara ella, sospecho que ya saldría usted muy muy beneficiado.
Ante todo muchas gracias por su ayuda.Le explico,A la madre le doy 1737 euros para los tres,lo cual no esta nada mal.Cuando alguno le ha pedido explicaciones sobre el dinero,ella le explica los gastos que hay,entre los que incluye la hipoteca de la casa(que la compro ella ya divorciados),cuando mi pension es exclusivamente para alimentos,ropa,educacion etc....el problema de la justicia es que estamos indefensos ante estos casos porque por ejemplo no hay figura juridica que me permita pedirle explicaciones de donde va mi dinero,porque no me permite ni siendo mayores de edad,darles a ellos directamente el dinero,porque si estan conmigo mes y medio en verano deberia descontarle el mes de mas que estan conmigo,ya que en el convenio aparecia que venian solo 15 dias en verano......en fin todo esta en contra mia ,y eso que he estado 11 años cumpliendo escrupulosamente con todo....y lo que de verdad no entiendo es que no este claro que yo pueda darles a ellos el dinero teniendo 24,22 y 18 añitos.....
Todo depende de lo dispuestos que estén sus hijos a ayudarle. Un apel importante lo juega la casa. Si no fuera propiedad de su ex, es decir, fuera propiedad de usted, o compartida, y ella tuviera atribuído el uso y disfrute en tanto los hijos sean dependientes, en el momento en que se independizan a la madre se la puede echar de la casa, ésto puede servir a los hijos para llegar a acuerdos con la madre, porque la casa se les atribuye a ellos, si legalmente ellos no necesitan a la madre pueden echarla, ante eso la madre puede ser más colaboradora con los gastos. ES que tendría narices, vivir en una casa que no es tuya con el consecuente beneficio económico, casi obsceno, de ahorrarse media vivienda o incluso no pagar nada, y encima no poner ni un pavo en tus hijos.
La cuestión sería saber si los hijos estarían, por ejemplo, dispuestos a subsistir en la vivienda familiar sólo con la pensión de usted, lo cual depende de la cuantía de la misma, y puede que incluso se pueda rebajar bastante.
Las facturas se cobran en la cuenta bancaria de la madre supongo, luego la madre no podría escaquearse de ese gasto. No hace falta mucho dinero para comer y vestir, y si encima alguno tiene trabajo o trabajillo todo se facilita, la ayuda que puedan precisar de usted puede ser mínima y en ocasiones innecesaria totalmente.
En eso consisten las relaciones normales entre padres e hijos, cuando el hijo tiene trabajo vive en la casa pero se cubre sus gastos, y cuando no lo tiene entonces obviamente la comida no se le niega...
Creo que aun viviendo con la madre sí se puede renunciar legalmente a la pensión de alimentos, no estoy segura, pero creo que eso eximiría a la madre legalmente también de mantenerlos, con lo cual podría darse la situación de que usted contribuyera a su manutención ingresándoles en una cuenta propia pero ella se escaqueara del todo de contribuir.....
Si sus hijos estudiaran fuera viviendo en un piso, compartido por ejemplo, cercano a la facultad, sí es una situación que permite al hijo recibir ingreso en su cuenta.
Es que si mis hijos no vivieran con la madre,no vale para nada todo lo que hemos hablado.Ellos se independizan,renuncian a su pension y santas pascuas.
El problema es que los dos mas pequeños(aunque mayores de edad)siguen con la madre y quiero encontrar el resquicio legal que me permita darles a ellos el dinero.
Me puedes decir donde puedo encontrar sentencias al respecto?
Muchas gracias por tu ayuda
Perdone, debo añadir, para renunciar a la pensión, además de la mayoría de edad creo que puede ser indispensable la condición de no convivir con la madre en la vivienda familiar, no estoy segura, con la hija que se marcha no debería haber problema.
Pero es que a eso se va a negar la madre.Yo no quiero enfrentarles a ellos con la madre.Lo unico que pretendo es tratar exclusivamente con ellos.Darles su dinero y que ellos ya traten con la madre sobre la cantidad que le tienen que dar cada mes por vivir con ella.
Muchas gracias
Rquesador, los hijos al ser mayores de edad pueden firmar un documento según el cual renuncian legalmente a la pensión alimenticia, y dicho documento se pasa por una modificación de medidas.
De ese modo usted y sus hijos pueden continuar teniendo una relación normal, sin judicializar, como la que tienen los padres y sus hijos mayores de edad, en que la ayuda se hace por cariño, necesidad y atendiendo a la posibilidad, no a una imposición externa constante y absurda.
Mi hija mayor se va a vivir al extranjero con su novio.mi intención,no se si correcta,es presentar la renuncia de mi hija mayor a su pensión,aunque yo le siga ayudando,y aprovechar la solicitud de modificación de medidas para intentar darles a los otros dos directamente a ellos la pension.
Es factible?
Gracias
rquesadar, Si los hijos son mayores de edad y ellos están de acuerdo en recibir la pensión de alimentos directamente es probable que el juzgador acepte el deseo de sus hijos y suyo. Si los hijos desean que la madre continúe administrando sus pensiones es probable que no prospere la modificación de medidas.
Creo que procede comprobar si algún hijo es económicamente independiente para extinguir pensiones si procediera. Que legalmente no deba pasar alimentos a quien sea independiente no implica que extrajudicialmente lo ayude si lo desea.
Pues hombre yo casi que como su abogado, puede pasar cualquier cosa si interpone demanda de modificación de medidas en ese sentido. Yo conseguí introducir en mi convenio de divorcio, redactado por mi y bastante extenso, eso de que la cuenta donde se ingresa la prestación por alimentos esté a nombre de mis hijos. Mi ex no cumple, pero está ahí, ahora mismo podría denunciar por incumplimiento de sentencia judicial, no sólo por eso, por muchos otros conceptos más.
Muy cierto que es una vergüenza que no exista un control sobre la administración de esos recursos económicos, pero es lo que hay en este país y sin visos de solución.
Probablemente sea una frustración más en esta dictadura de género.
Debiera cerciorarse de que sus hijos no se han independizado o exista causal de extinción de la prestación por alimentos. Es otro de los puntos que consta en mi sentencia de divorcio, la obligación de comunicar cualquier circunstancia que pudiera ser causa de extinción de la prestación por alimentos y el deber de ser informado por el custodio o mis hijos, si fueran mayores de edad, deber que incluye la presentación de pruebas de que están estudiando y de aprovechamiento académico. También, por la misma sentencia judicial, introduje expresamente la obligación del custodio de informarme sobre los aspectos educativos y sanitarios que afecten a nuestros hijos comunes.
Es de suponer por lo expuesto que a usted no le importa pagar si realmente el dinero estuviera dirigido a sus hijos, lo que duele es que de ese dinero se aprovechen parásitos exconyugales, sin control administrativo alguno, o los hijos pretendan vivir del cuento por los restos. Es de rigor pagar prestaciones por alimentos pero lo que no es de rigor es el paga y calla al que nos vemos sometidos los no custodios. Todas estas cuestiones y muchas más las conseguí plasmar en mi convenio-sentencia de divorcio. No tenerlas origina un sin fin de problemas, entre ellos que no tengamos muchas probabilidades en el caso de querer cambiar a posteriori el convenio.
Por cierto, si la vivienda donde residen sus hijos es suya en exclusiva y siendo sus hijos mayores de edad puede perfectamente exigir que no vivan terceros en ella, léase su ex. Al alcanzar la mayor edad, recuérdese, desaparece la custodia y con ella los derechos a permanecer en la vivienda del custodio, ya no hay excusas.
Hola,mi caso es el siguiente:Estoy divorciado y llevo 11 años pasando religiosamente una pension alta a mis hijos.Durante este tiempo ,nunca se me han rendido cuentas del uso de mi dinero,mis hijos no se han visto repercutidos con respecto a la cuantia de dicha pension.Nunca he tenido informaciones de enfermedades,de cambios de colegio etc....
El caso es que ya son los 3 mayores de edad,y me gustaria que,sin bajar la cuantia de la pensión,darle ese dinero a una cuenta de ellos en vez de a la madre.
Una cosa tan obvia,segun el abogado con el que hable me dice una cosa u otra.Mi pregunta es:tengo fundadas esperanzas de exito de conseguirlo mediante una modificacion de medidas?
o tambien sera una frustracion mas conrespecto a la justicia?
Gracias