En Cataluña: fallece mi esposo y soy la heredera universal. Tengo que pagar la legítima de su hijo (de un anterior matrimonio) y quiero hacerlo adjudicándole una vivienda que era propiedad de mi esposo( era propietario de un 33,3%)y que por tanto forma parte de la herencia. El valor de la legítima y el valor del 33,3% de esa casa es equivalente. El problema es que esa vivienda pertenecia a mi esposo solo en un 33,3%porque la compartia proindiviso son sus tres hermanos y el legitimario no quiere esa forma de pago porque dice que no se puede pagar una legitima con una propiedad que tendria que compartir con sus dos tios y que exige se le paga en dinero.
Puede negarse? Es cierto que no se puede pagar con un bien proindiviso que pertenecía al fallecido y que forma parte de la herencia por ser proindiviso con otras personas? Gracias