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Pagas extras y baja de maternidad

2 Comentarios
 
09/06/2004 17:01
Hola.

Salvo mejor opinión y si el convenio no te garantiza el 100% e tu salario, entiendo que te van a descontar el tiempo que has permanecido en I.T.

Esto solo sucederá si la paga es de devengo anual ya que el derecho se genera desde el 1 de julio del 2003 al 30 de junio del 2004. como te coincide que en ese periodo has estado en situación de I.T. 120 dias, la empresa en lugar de abonarte el valor de 30 dias que te abonaría en circunstancias normales, solo te abonará 20 dias de paga.

Saludos.
09/06/2004 16:53
Carol, salvo que exista mejora por convenio, en principio no te abonaran la parte de pagas extras correspondientes al periodo durante el cual has estado de baja por maternidad, ya que en la prestación que has cobrado (100% de la base reguladora) ya están prorrateadas y por tanto se han incluido en el cálculo de dicha prestación.
Pero por si acaso, mira el convenio.
Un saludo.
Pagas extras y baja de maternidad
09/06/2004 16:33
Hola,he sido madre recientemente y he disfrutado la baja de maternidad(120 dias).Mi pregunta es ¿me corresponde la paga extra integra?me incorpore al trabajo en novienbre del 2003.
Saludos