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pagas extraordinarias

1 Comentarios
 
Pagas extraordinarias
25/04/2007 22:01
Aunque lo que os planteo seria una cuestión mas bien para un foro funcionarial, espero que algún funcionario este conectado a este foro legal

Soy funcionario excedente poruqe en su dia pase a prestar servicio como personal laboral al Sector Público.Recientemente como ya conoceis se ha publicado el Estatuto de La función Púlbica que contempla tanto para el funcionario como para el personal laboral que las pagas seran del 100% de una mensualidad de sueldo, trineniso y complementos cobrados habitualemtne.¿Conmsidrais que resulta de aplicacion el Estatuto como norfma minima tambien para el supuesto de la empresa publica?, ya que aunque no os lo creais cobramos pagas unicamente del sueldo.
26/04/2007 14:48
De todas formas, en la disposición final 4ª dice que el Estatuto entrará en vigor 1 mes despues de su publicación, o sea el 14 de mayo, salvo algunos capítulos como por ejemplo el de las retribuciones (cap III, titulo III) que "...producirá efectos a partir de la entrada en vigor de las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto..."