Mis suegros están jubilados y se vienen a vivir con nosotros van a vender su casa tengo entendido que estando jubilado no tienen que pagar nada a hacienda por la venta de la casa
EEl artículo 33.4.b) de la LIRPF, establece que estarán exentas del Impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto “con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”.