Como norma general el tiempo en I.T. no computa a efectos de devengo de la paga extra, pero hay convenios que pueden mejorar esto, indicando por ejemplo que a partir del X día el trabajador tiene que cobrar el 100% de la Base reguladora.
De no ser así, y como le he dicho, a usted no se le contarían esos 4 meses de baja y por tanto solo le cabría la posibilidad de cobrar la parte proporcional de mes en el que estuvo trabajando, si está dentro de las fechas de devengo, claro.
Hola ... era para consultar yo llevo 4 meses de baja y 5 meses trabajados y la baja me la esta pagando en nomina ea decir me lo estan pagando en donde trabajo y me gustaria saber si tengo derecho a la paga extra navideña ya que estamos a dia 19 y no tengo nada ingresado