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Orden de expulsión de cubano

3 Comentarios
 
17/01/2019 21:40
Rafachin
Cuando comencé a escribir aún no se veía tu comentario Rafachin, pero en efecto, coincidimos.
17/01/2019 21:38
katia
La modificación de la Ley de Migración cubana que establece la pérdida de la RESIDENCIA para los nacionales cubanos a los 24 meses de permanecer ininterrumpidamente en el exterior (se les considera emigrados), se aprobó antes de noviembre de 2017, no recuerdo la fecha, pero ya en 2016 eran 2 años.
La ciudadanía cubana no se pierde jamás, excepto por renuncia expresa o otros supuestos excepcionales.
Saludos.
17/01/2019 21:36
katia
Hola,hasta donde tengo entendido los ciudadanos cubanos nunca pierden su ciudadanía, lo que se pierde es la Residencia en Cuba al estar mas de 2 años fuera de Cuba de manera consecutiva. Al perder la Residencia el gobierno entiende que el ciudadano a emigrado y le retira los beneficios sociales como el derecho a la salud publica gratuita entre otros, ademas de que pierden el derecho sobre cualquier propiedad que tengan a su nombre en cuba. Estando en este supuesto si le aplican un proceso de expulsión a un ciudadano cubano que ha perdido la residencia en Cuba el gobierno no lo aceptaría en frontera por ser considerado Emigrado y seria devuelto al país que realizo la expulsión.
Por lo que comentas este ciudadano en concreto no ha perdido la residencia aún ya que salió noviembre del 2017 por lo que su caso no entraría en lo que le he expuesto anteriormente.
saludos
Orden de expulsión de cubano
17/01/2019 13:27
Buenos días,
A ver si alguien puede echarme una mano, me han turnado de oficio para oponerme a la expulsión de una persona de Cuba, presentadas las alegaciones, se han desestimado y ahora voy a interponer recurso contencioso administrativo, aunque tengo problemas con la documentación, porque según me cuenta mi cliente, Cuba pone muchas dificultades para ello.
Esta persona salió de Cuba en noviembre de 2017, habiendo estado en otro país europeo, hasta agosto de 2018 que viene a España.
Los ciudadanos cubanos que llevan fuera de Cuba un año, pierden su ciudadanía, pero este período ahora se ha ampliado a 24 meses, esto se aplica con carácter retroactivo o ¿solo a partir de la entrada en vigor de esta ley que amplia el plazo a los 24 meses?
Muchas gracias
Un saludo