No entiendo cómo se establece la "nota de corte" en el Turno de Reserva por discapacidad.
Me explico: si en el turno general hay 13 plazas y 2 en el turno de reserva, y las bases de la convocatoria establecen que para superar el ejercicio hacen falta 15 punots de un total de 30; el Tribunal exige los mismos 15 puntos (que obviamente, no son reales, pues si lo fueran, en algún caso tendrían que superar la oposición mas aspirantes que plazas convocadas) para los dos turnos... La normativa, por otro lado, establece que son turnos independientes. ¿Cómo puede ser que todos los años el último en obtener plaza tiene 15,00 puntos y siempre quedan plazas de discapacitados sin cubrir?
A mi este año me han dejado fuera... Muchas gracias