Hace 11 años se dicta sentencia sobre un convenio regulador estableciendo un régimen de visitas mínimo a favor del padre que está completamente ajustado al horario laboral del padre.
Aún así, el régimen de visitas es continuamente incumplido por el padre.
Al cabo de tres años, el padre cambia de empresa y el régimen que antes no cumplía casi nunca, pasa a no cumplirse en absoluto. La madre permite que el padre visite al menor en otros días que le son más favorables aunque el padre sigue anulando visitas programadas, cambiando horas y días sin antelación ninguna.
Tras 11 años en esta situación en la que el padre dispone del tiempo de la madre y de la menor como le viene en gana, la madre decide plantarse y organizar su vida y le solicita una reunión con los abogados para adecuar el régimen de visitas a la realidad existente y que así tanto la menor como ella puedan disponer libremente de su tiempo.
La respuesta a esta petición fue:
1.- Dejar de pagar la pensión de alimentos durante 5 meses porque según el padre, pasaba mucho dinero (se solicitó la ejecución de la sentencia siendo el procedimiento favorable a la madre y condenando al padre en costas)
2.- Oponerse al cambio de colegio de la hija, cuando este señor en toda la vida escolar de la menor nunca fue ni a llevarla ni a recogerla; no ha conocido a sus tutores ni a sus profesores (se solicitó autorización judicial para el cambio y el procedimiento fue favorable a la madre)
3.- No abonar la parte correspondiente de los libros de texto y del uniforme escolar, que según convenio regulador quedan fuera de la pensión de alimentos, y que SIEMPRE fueron sufragados a medias por ambos progenitores (se solicitó nuevamente la ejecución de sentencia y ya se ha dictado el auto de ejecución, aunque este señor se ha opuesto al mismo).
Con este panorama la madre decide que para evitar males mayores y visto que este señor hace lo que le da la gana, desde que se inician todos los procedimientos legales se atendrán a lo estipulado en el convenio. Pero este señor no cumple el régimen a pesar de que se ha dictado un auto que le obliga al cumplimiento.
Se ha vuelto a solicitar al juzgado que le inste al cumplimiento del mismo, y el se ha opuesto y la madre a impugnado la oposición.
El tema es sencillo, a pesar del rollo soltado con anticipación.
Hay un convenio regulador y una sentencia firme con un régimen de visitas que no se cumple. Se pide la ejecución y la otra parte se opone por motivos laborales, alegando que siempre se le ha dejado hacer lo que quería....Qué es lo que tiene validez en el juzgado??? lo que se hacía por acuerdo verbal entre los padres o lo que los padres acordaron como mínimo para los casos de conflicto????
A mi la razón me dice que para eso se firman los convenios, para establecer unos mínimos a los que ceñirse cuando las situaciones se tornan turbias y porque además existe la opción de instar una modificación de medidas por aquel que no puede cumplir estando obligado a ello....pero me resulta tan raro que se alarguen tanto procedimientos que en inicio deberían ser tan simples que ya no se si ahora me va a salir el juez con que tengo que seguir cumpliendo los deseos del padre y no tener ni fines de semana, ni puentes, ni derecho a una vida organizada y normal.
Pues eso espero, que el juez lo vea, porque el hecho de tener que poner mi vida en manos de alguien externo, que ni me conoce, ni sabe de mi ni de mis circunstancias tampoco te creas que me da seguridad.
Al fin y al cabo son humanos y un día pueden levantarse con el pie izquierdo.
Sólo espero que esto se resuelva de una maldita vez porque vamos para año y medio con esto y se hace muy pesado.