El presidente debe requerirle para que se abstenga de ocupar zonas comunes. Si persiste, debe llevarlo a los tribunales previa autorización de la junta.
Muy recomendable tener fotos de dicha ocupación.
Nadie puede ocupar particularmente zonas comunes. Se le debe requerir que quite la moto de esa zona común, art.7.2 LPH.
Y no, el seguro no puede alegar esta "ocupación ilegal" para no hacerse cargo de sus obligaciones contraídas, solo puede minorarlas.
Estoy en una situación similar.
Según ,mi abogado.No sirve de nada los votos y firmas ya que está Prohibida.La ocupación de las zonas comunes.Con cualquier tipo de Enseres,motos,escaleras etc.
Pudiendo el (seguro y el de incendios) de la comunidad. No hacerse cargo de eventos .
La cosa cambia cuando sólo es para un único propietario, yo lo decia para cualquier propietario.
En la LPH cuando es para un único propietario es necesaria la unanimidad
mayoría simple de asistentes en segunda convocatoria
en la LPH lo indicqa el art.9
Artículo 9: Obligaciones de los propietarios
1. Son obligaciones de cada propietario:
a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
pero ustedes no se rigen por la LPH
Hola, tengo un apartamento en Tarragona, el parking comunitario es descubierto, un vecino aparca una moto en una de las zonas comunes, si en la reunión se plantease que debe dejar de hacerlo, pues no tiene permiso, que mayoría de propietarios deberíamos votar si somos 39 propietarios. Saber si la ley horizontal contempla la prohibición de este uso.