Hola! He tramitado un expediente de ruina ante el Ayuntamiento de un pueblo, realizando obras para quitar el peligro y en la contestación al expediente de ruina el Ayuntamiento me dice que la solicitud del expediente de ruina no me exime del deber de garantizar la estabilidad del edificio. Yo creía que sólo se podían exigir las obras urgentes y necesarias para quitar el peligro ¿me pueden obligar a realizar obras para garantizar dicha estabilidad? el edificio se valoró sin el suelo en 55.000 euros y yo he ejecutado ya obras por 60.000 euros pero para consilidar los muros tendría que invertir otros cuarenta mil euros ¿me pueden obligar?
El Ayuntamiento se opone a la demolición total y admite la parcial con demolición y reconstrucción pero el arreglo no me es viable.
Entiendo que esa edificación estará catalogada, por esa razón no le permiten derribar que sería lo mas acertado y barato, Pero si es así, no hay otra, le pueden obligar a realizar obras que garanticen la seguridad.
No encuentro otra razón por la que no le permitan derribar todo; asegúrese en el propio ayuntamiento, o bien acuda a un arquitecto.
Un saludo.
Buenos días! si, se trata de un edificio catalogado pero no es un bien declarado de interés cultural ¿te pueden obligar por ello a hacer obras sin un límite? He pagado ya más de lo que vale el edificio. Lo tengo a la venta y nadie me lo compra ni quiere pagar lo que ya he invertido po rle estado en el que está y ni siquiera es habitable.
Se entiende que las obras solo serán hasta asegurar que no haya peligro de derrumbe. Debe buscar asesoramiento de un arquitecto, al que le informarán y él presentará un proyecto a tal fin, buscando el gasto mínimo para dar cumplimiento a las exigencias.
Lamento no poder ayudarle mas, ya que desconozco los detalles.