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obligar a niños a recoger la mierda de perro.

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612 Comentarios
Viendo 101 - 120 de 612 comentarios
08/11/2007 18:20
RUS
Debajo de la ventanita donde escribes tus mensajes en el foro, verás unas letras de color ROJO que dicen: NO quiero recibir más avisos, solo tienes que clicar allí.

Saludos
08/11/2007 18:15
Anonim@
Saludos, me reconforta tu presencia.

Tan solo un idiota o un genio rompen las leyes del hombre; y ellos son los que más cerca están del corazón de dios. (G. Khalil G.)
perfil Rus
08/11/2007 18:06
¿Cómo hago para que dejen de llegarme avisos al correo de los mensajes que se publican?. Tengo el correo saturado.

Cano, en eso no te puedo ayudar, ya te dije que aquí no sabemos darte la respuesta que buscas. El TC es el Tribunal Constitucional, La CE es la Constitución (art. 15 está entre los que son objeto de Recurso de amparo), la UE es la Unión Europea y el TEDDHH es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Preguntar a un Juez...pues a lo mejor es la solución. Vas al Juzgado de tu localidad y pides cita con el Juez para hacerle una consulta.
08/11/2007 17:56
Hola a tod@s.
A ver neula. Cuando aconsejas a cano que se "cargue" al perro lo que quieres decirle es que se lo cargue a cuestas?, pues yo entendí que le recomendabas que lo matara/asesinara.

Yo, cuando veo en las películas que hablan de "cargarse" a alguien no veo que se lo cargue a cuentas, salvo despues de "cargarselo". jiji.

Saludos cordiales para todos, sin excepción (hoy no estoy amargada y me siento bien, he dormido en flex. jiji)
08/11/2007 17:41
canos, para gracia, la suya.
08/11/2007 17:36
Gracias
08/11/2007 17:35
Gracias
08/11/2007 17:33
jooooooooooo Jose Ramón quería ser la 500 y te me has adelantado. FELICIDADES.
08/11/2007 17:32
Viescas
Por ser el participante nº 500 le ha correspondido un televisor.
Está contento?
08/11/2007 17:26
No dudo que eso sea lo único que se te ocurre para solventar tu pretensión en cuanto a tu hija...

Las incapacidades nos llevan a caminos de aburrimiento...
08/11/2007 17:07
Cano, veo que no aceptas dejar "nuestro pasado" que cada uno interpreta diferente, por ello te comento que una persona, aunque lo pretenda, no consigue protagonismo si los demás no se lo conceden. Y el protagonismo atrae cosas gratificantes y no (¿nos lo aplicamos y vemos quien es protagonista y quien sufre por ello?)
Una persona puede sertirse dañada, atacada, menospreciada, atacada, ridiculizada, etc. cuando quiera, otra cosa es que haya causas objetivas que un experto pueda determinar como cusante de dicha sensación. Ves que no me siento nada de eso por tus calificativos, exposiciones, etc. por tanto puede parecer evidente quien sufre y no y porqué y con qué pretensión. Que yo recomiende informarse sobre el síndrome de munchaussen no quiere decir que yo diga que quien se informe, tampoco quien lo provoque esté sicológicaa o siquiatricamente tocado, por tanto no siento necesidad de considerarme incorrecto. Es mas, si quisiera ser incorrecto puedes estar seguro que se notaría claramente. Y veo muy bien que me pidas que deje de molestar, si te sientes molestado, o cualquier otra cosa..., yo no tengo la culpa, eres tú quien se siente proclive a ello conmigo (y con cualquiera que no te cuente una bola que te deje contento sobre tu pretensión) Puede que con otra actitud con todo el que no te dice que tienes razón consiguieras mas... que quienes te apoyan tampoco es que te aporten mucho y también cargan la linea de mensajes intrascendentes... por lo menos quienes cuestionan tu pretensión te ayudan con ello a buscar argumentaciones, o cerrar caminos, para afianzar tu postura (cuestión básica para conseguirla)

Y no te voy a dar el enfoque que creo con mas posibilidades, el tema es tuyo, y variar el enfoque supondria que considerarias que se desvirtúa ética, moral y legalmente el tuyo, además que seguro se te faltaría al respeto por ello, además de suponer muchos calificaciones y descalificaciones de las que sueles utilizar (¿no ves que ese chiste ya lo contaste? quien no me dice que de acuerdo es que me ataca, es incorrecto, no respeta, no tiene ética, etc.) El mérito de descubrir el enfoque mas global te lo dejo a tí, nada mas lejos de mi intención que restarte el protagonismo que tienes al respecto (que por cierto, no pretendí nunca quitártelo a tí ni a otros, mi forma de trabajar no implica ser protagonista, no lo persigo ya que creo perjudica a los proyectos los protagonismos, y no tengo la culpa que nadie me dé protagonismo si sucediera)

Creo que puede ser conveniente que veas qué cuestiones se normalizan en cuanto al maltrato a menores, su tratamiento y protocolización, eso puede ayudarte al enfoque.

Lo de la ocupación y empleo a menores... me temo que se refiere a temas laborales, no a cuestiones no laborales. Por tanto no creo encaje tu pretensión.

Otra opción a solucionar tu caso es que recojas tú las heces del perro (si la madre acepta que las acompañes en esa función), o que le des vuelta al tema y mentalices a la niña que recoger las heces de su perro es divertido si se hace con seguridad y entiende que disfrutar de algo implica atenderlo aunque no guste tanto como disfrutar. De ese modo, si la niña demuestra interés igual la madre, si es que quiere dañarla, se lo prohibe, así consigues que no las recoja y tendrás prueba inequívoca de las inadecuadas actuaciones de la madre con ella.

Y espero que no vayas a interpretar que te mandé a la m....a, por plantearte recoger heces ¿eh? que con lo sensible que eres...

Un saludo.
08/11/2007 17:02
RUS
¿Cómo hago eso?:

Al amparo de la CE, que sí es aplicable, es plantear a un Juez si tu ex, con su actitud, vulnera los derechos de tu hija amparados por el art. 15. Y en este caso, sí podrías apelar a los derechos del niño.

¿Cómo planteo eso a un juez? ¿En forma de pregunta? ¿A un juez de la CE? ¿A un juez de España? ¿A qué artículo 15 se refiere?
¿Serían dos procedimientos?

Saludos
08/11/2007 16:51
RUS
La felicito. Llegando a los 500 logra usted alcanzar la "total independencia" de opinión/consejo profesional, que le imponen las normas deontológicas de la U.E.

De verdad que le agradezco su cambio de registro.

Gracias por sus consejos. Los tendré en cuenta.

Un saludo.
perfil Rus
08/11/2007 16:37
Llegando a 500 parece que por fin nos entendemos.

En mi opinión, no, no tiene aplicación directa, es decir, no puedes ir a ningún Juzgado y decir "mi ex incumple la declaración de los derechos del niño".

Lo que llevo (llevamos varios) diciendo desde es principio es que ese acto, hoy y en España, no es ilegal por sí mismo. Lo que sí podrías hacer, al amparo de la CE, que sí es aplicable, es plantear a un Juez si tu ex, con su actitud, vulnera los derechos de tu hija amparados por el art. 15. Y en este caso, sí podrías apelar a los derechos del niño.

Si estoy equivocada y la declaración de los derechos del niño es directamente aplicable espero que alguien me corrija.

Lo dicho, querer es poder, y ahora añado, para poder, hay que empezar. Aquí está claro que no sabemos dar la respuesta, a ver si en todos los organismos e instituciones que he puesto alguien dice algo que te sirva.

Los abogados de penal no suelen pasar por aquí, ¿por qué no planteas si esto es maltrato en penal?.

Un saludo.

PD. Disculpas por el alter ego, pero con mi nick no podía participar, dado que incumplo las normas deontológias de la UE.


08/11/2007 16:15
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ARTÍCULO nº 9 de la DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
En ningún caso se le dedicará ni se le permitirá al niño que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud.
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Hasta ahora ninguna opinión profesional, en ésta línea de foro, ha tenido en cuenta a lo que obliga la “Declaración de los derechos del niño” u otras consideraciones de tipo ético relacionadas con los menores.

Las opiniones que hasta ahora se me han dado se han basado en que para obligar a la madre a desistir de su práctica deberé demostrar que esta acción resulta perjudicial para la niña y que ante un juez no sería suficiente apelar a la prevención del riesgo. También en que ningún juez le prohibiría tal práctica a la madre si no se ha producido una lesión. Conclusión: o demuestro que la niña ha sufrido menoscabo físico y/o psíquico, o nada, que las enfermedades futuras no son lesión, que no es maltrato llevar a un niño a Canarias y dejarlo al sol sin crema protectora, lo que le podría provocar cáncer de piel. En civil, lo mismo. O demuestro que la madre, con su actitud, perjudica a los niños, o la situación seguirá igual. etc. etc.

Y aquí está mi dilema. Que quizás UN JURISTA EXPERIMENTADO pudiera aclararme. ¿Es que no existe mecanismo legal alguno que obligue a prevenir éste riesgo o que impida a un adulto cuidador someter a un menor a ésta práctica?

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¿Sirve para algo el ARTÍCULO nº 9 de la DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO?:
En ningún caso se le dedicará ni se le permitirá al niño que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud.
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Es evidente que éste artículo está hecho para "EVITAR PONER EN RIESGO AL MENOR" y que por tanto ya no se debería esperar a que se produjese el daño para acudir a la justicia ordinaria.
Lo que desconozco es si la justícia ordinaria podría aplicar éste artículo, o por el contrario éste artículño no sirve para nada.

08/11/2007 16:04
"a falta de no poder aportar nada más a éste hilo, continúa ahora buscando su propio protagonismo a través de la confrontación personal conmigo, lo que no voy a secundar. Principalmente porque usted no busca el equilibrio de la polémica ni se atiene a la razón, sino que lo único que persigue es alimentar su propio egocentrismo"

Cano, aunque ud. me ignore yo seguíré dirigiéndome a ud. Este párrafo que he copiado es claramente una descripción de SUS intervenciones, no las de Viesca
.
08/11/2007 15:42
Viescas
Doy por finalizada la polémica con usted puesto que usted, a falta de no poder aportar nada más a éste hilo, continúa ahora buscando su propio protagonismo a través de la confrontación personal conmigo, lo que no voy a secundar. Principalmente porque usted no busca el equilibrio de la polémica ni se atiene a la razón, sino que lo único que persigue es alimentar su propio egocentrismo.

Usted ha venido manifestándose pretenciosamente desde el principio del hilo. Le recuerdo que ya en su primera intervención el 10/10/2007, se atrevía imprudente e irrespetuosamente a asegurarme:
"... Por mis conocimientos profesionales puedo asegurrte que tus hijos no corren riesgo con las "mierdas" sobre todo si no las cogen directamente con la mano y se las comen..."

Pretenciosamente me atribuía y acusaba de crear conflicto con mis hijos: "...Un saludo, y no dudes que pienso que en este asunto tu ex tiene razón y tu exageras y creas conflicto a tus hijos por algo no problemático y sí aconsejable.

A pesar de mis aclaraciones posteriores continuaba acusándome de crear conflicto con mis hijos: "...Cano, estoy seguro de lo que te dije. Creo que a tus hijos puede traerles mas problemas de salud tu postura de confrontación sobre la recogida de escrementos que la recogida en sí (a no ser que dicha recogida les produzca a ellos un problema, cosa que sí pudiera ocurrir si te empecinas en convencerlos que la madre actúa incorrecto..."

Imprudentemente también se atrevía a plantear el siguiente paralelismo: "…¿A qué edad es legalmente adecuado que un menor sea "introducido" en realizar sólo su higiene personal tras defecar sin ser hecha esta función directamente por sus progenitores y sólo supervisada?..."
También el 12/10/2007 usted provocativamente afirmaba: "...Si a un menor se le procura hacer autónomo cuento antes en la higiene de sus defecaciones ¿porqué no también en las de su perro?..."
Le he trascrito solo unos ejemplos anteriores a la fecha de 14/10/2007, fecha en que usted afirma que yo empiezo a “tensionarme con usted”. ¿Le parece a usted que debía continuar aceptándole sus despropósitos y provocaciones sin oponerle mi opinión?. A usted no le placen los calificativos que generan sus intervenciones y lo entiendo, usted preferiría la impunidad. Sus paralelismos y provocaciones son incalificables. Como también lo son las posteriores intervenciones suyas donde me aconseja tratamiento psiquiátrico y etc. etc.
Usted persigue su propio protagonismo en detrimento de mi derecho a que se me pueda informar de forma fehaciente en éste post. Y le reitero que recibiré con agradecimiento cualquier aportación positiva que pudiera usted hacerme. Pero de no poder hacerlo, le pido que deje usted de juzgar la preocupación lícita que mantengo por la seguridad física de mis hijos. No le corresponde a usted hacerlo. Si no puede entender lo que le planteo lo único que me queda por decirle es que le solicito que por respeto hacia mi preocupación y hacia mis lícitas expectativas que mantengo, y aunque usted no las comparta, deje de engrosar y hacer engrosar los mensajes que no aportan nada a mi solicitud y que son tendenciosamente descalificadores y obstruyen el desarrollo de la intención con que se abrió el post . Porque sus mensajes bufos tienden a la polémica gratuita que molesta a posibles participaciones que sí podrían aportarme algo.
Debo suponer que no tiene usted ningún interés particular por boicotear ésta línea.
Considérese satisfecho por el protagonismo que hasta ahora he venido concediéndole al responderle uno a uno a todos sus mensajes por simple educación. Y le pido que deje de juzgarme ya que a usted no le corresponde hacerlo. Limítese a la situación actual del post que resumo en mensaje del 07/11/2005. O deje de molestar.
Pero si de verdad tiene una “idea” para reenfocar el tema, como pretenciosamente parece usted indicar, desarróllela aquí y no me pida que me ponga en contacto con usted en privado. De esa forma aprenderemos todos de su sapiencia. O deje de molestar.
Saludos
08/11/2007 14:31
Creo que era evidente y ya estaba indicado:
- justicia ordinaria (penal, civil)
- iniciativa popular sobre legislación

Creo que el tema requiere reenfoque importante a temas mas globales (daño físico y/o síquico) para que tenga "alguna" posibilidad.
perfil Rus
08/11/2007 14:25
¿Podemos concluir entonces que primero debes agotar las vías internas desde abajo y que si de esta forma no encuentras solución, podrás acudir a instancias superiores?.
08/11/2007 14:18
querer es poder
Ya hace dias me puse en contacto con el defensor del menor. Me dijeron que en este caso no podían intervenir y me remitieron a la justicia ordinaria.

He revisado el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las
Libertades Fundamentales:

Artículo 34 – Demandas individuales:
El Tribunal podrá conocer de una demanda
presentada por cualquier persona física,
organización no gubernamental o grupo de
particulares que se considere víctima de una violación, por una de las Altas Partes
Contratantes, de los derechos reconocidos en el Convenio o sus Protocolos. Las Altas Partes Contratantes se comprometen a no poner
traba alguna al ejercicio eficaz de este derecho.

Artículo 35 – Condiciones de admisibilidad:
1 Al Tribunal no podrá recurrirse sino después de agotar las vías de recursos internas, tal como se entiende según los principios de derecho internacional generalmente reconocidos y en el plazo de seis meses a partir de la fecha de la resolución interna definitiva.

Gracias de todos modos.