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Obligaciones del Promotor/Constructor

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Obligaciones del promotor/constructor
19/02/2004 01:20
Si uno compra un apartamento nuevo en un edificio funcionando (con su luz, agua, desagüe, buzones, etc) y a la empresa constructora no se puede aplicar la Ley de Ordenación de Edificación (por haber tenido su Licencia en 1998) algunas obligaciones tendrá, no?
Se trata de un Presidente que quiere imponer a la Comunidad casi 1 milion de pesetas de Gastos de Puesto en Marcha del Edificio, disfrazando gastos que creo que tenía que pagar para tener la Cedula de Habitabilidad como Gastos de la Comunidad como son la acometida del edificio al desagüe, la luz y agua de obra ( de 6 meses antes de la compra) la instalaicón de buzones, de un tendedor en el techo y de un montón de reparaciones antes de la compra.
No puede ser - o si?
Claro - por mayoría el Promotor/Constructor/Presidente/Secretario/Administrador (todo en una persona) puede adoptar todos los acuerdos que quiere!! Pero no lo veo justo.....
Entiendo como gastos de Constitución de Comunidad los gastos de comprar el Libro de Actas, la dilegencia en el Registro, la LPH, copias de Estatutos, Luz u limpieza de Escalera: son 9 apartamento sin nada más en común que la escalera.