Dice el art. 118 de la Constitución que "es obligado cumplir las sentencias y de más resoluciones de los Jueces y Tribunales....."
Mi pregunta es que teniendo una sentencia del T. S. Justicia de la Comunidad Autónoma desde hace casi un año que obliga a demoler una nave ilegal y que dicha sentencia no admite más recursos, ¿cómo es posible que el ayuntamiento no haya procedido a cumplirla?. Porque la C.E. no dice qué tipo de sentencias son, si de civil, penal, laboral, urbanistica, administrativo, etc.. Abarca a todas, absolutamente a todas y a la de todos los tribunales. Entonces, ¿qué hacer?