Buenos días:
Se vende un piso por el cual una persona que hasta ese momento no estaba obligada a hacer la declaración del IRPF (1 único pagador y 5.500€/año de ingresos) ,y es propietario en un 7% ,obtiene 19.700€ ,por dicha venta.
¿A pesar de ser considerado par la AEAT como eximido de la obligación de la presentación del impuesto ,y exclusivamente a raíz de tal venta y la obtención de esa ganancia de 19.700€ ,debe hacer la declaración de IRPF y pagar por el incremento patrimonial experimentado?
A la espera de cualquier ayuda o consejo ,agradecido por ello de antemano.
Si ha obtenido ganancia patrimonial, está obligado a incluirlo en la declaración de la renta salvo que la ganancia patrimonial sea de 1000€ anuales o menos. De hecho si se ha realizado ante notario seguramente ya figure incluida de forma telemática en el borrador de la renta.