Nueva, pues me parece muy bien que opines que acuso o critico. Cada uno entiende lo que quiere.
Pero eso sí: Como minimo, ten en cuenta que, por un caso que se conozca no le hace a uno ( o a una) experto/a ni le da derecho a generalizar.
En cuanto a las circunstancias cocretas de María A. Melcon, y dicho sea con todos los respetos, no me interesan en absoluto. Y por eso no he entrado en el fondo de su consulta. Simplemente le he comentado la vía natural de reclamación (aparte del desahogo interneteril), por si le sirve de ayuda.
Por otro lado, sería interesante que un día se abriera un hilo con las quejas de los abogados y los procuradores hacia sus clientes. Así iriamos conociendo las dos caras de la moneda. ( Y no me refiero a Maria, claro).
hola otra vez, Oh.me parece que si que criticas y ademas te dire que conozco un caso de reclamacion que no sirvio para nada, y estaba en juego nada mas y nada maenos que una indemnizacion por accidente laboral en que la viuda quedo sin nada.
asi que antes de acusar o criticar aalguien hay que preguntar todas las circunstancias, a mi juicio.
No es una crítica. Es una opinión a la que se añade informacion-recordándole que para eso estan los OClegios Profesionales- para la persona que consulta.
Y sí, para eso están los foros. Para recordar los derechos de los que preguntan y de los que no han preguntado ni expuesto su versión.,
En cualquier caso, no ha estado mal, consultar en este foro cuales son su derechos, para saber a que atenerse.
Eso no es criticable. Para eso estan los foros.
Pues en lugar de desahogarte por los foros de internet, y si es que consideras que se te están vulnerando tantos derechos, para empezar te vas al Colegio de Abogados y al de Procuradores y expones tu queja. Es así de simple.
De paso le darás oportunidad a tu abogado y a tu procurador, como mínimo, de que se defiendan de tus acusaciones y que gane el que tenga la razón.
En mi proceso han ocurrido irregularidades de las que me enteré más tarde, cuando ya no había posibilidades de subsanar los estragos, POR CULPA DE LOS PLAZOS. TENDRÍA QUE PEDIR INDEMNIZACIÓN A LOS LETRADOS QUE ME OCULTARON LA INFORMACIÓN. Además con la agravante de que ellos sí conocen los plazos.
Acabo de leer esa Carta de Derechos..., es muy clara al respecto.En ese tema (art 38) y en otros que también me afectan.
Me parece que en mi caso se están vulnerando muchísimos derechos.
Gracias, Oval.
A ZS: si no se me da copia de lo que se escribe ¿cómo puedo saber si está todo correcto, si no se ha pasado por alto algún detalle importante, o incluso si hay algún dato que no se ajuste a la verdad?
Cierto que los abogados deben informar al cliente de todos los hechos que se vayan produciendo en relación con su expediente.
Pero discrepo en cuanto a la entrega de documentos. Una cosa es explicarle al cliente lo que está pasando con su caso y otra muy distinta es tener que entregarle copia de los escritos suyos y del contrario. No existe obligación alguna de entregar al cliente esos documentos. Todo lo más copia de las sentencias que se dicten en su caso, pero nunca los documentos que conforman su expediente
Buenos días.
Querría saber si los letrados y procuradores tienen obligación de informar puntualmente al cliente de todas las incidencias que se vayan produciendo, asi como de enviarle copia de los escritos tanto propios como del con trario.
Yo pienso que así tiene que ser, por pura lógica ¿no? pero es que conmigo no lo hacen, y pienso que tiene que haber algún código, ley o reglamento que regule estas cosas.
Muchas gracias y un saludo.
marymels@yahoo.es