Por favor, les rogaria que me contestar a la siguiente duda:
Mi pareja y yo tenemos una hija. No estamos casados ni somos pareja de hecho.
Yo he realizado testamento ya. Mi pareja lo va a realizarse y de comun acuerdo conmigo, en caso de fallecimiento de ambos, nombramos de TUTORA a su HERMANA.
En una notaria nos dicen que tengo que llevar el libro de Familia y que es obligatorio comunicar al Registro Civil la TUTORA.
En otra notaria nos dicen que no es necesario.
La Nina tiene 1 año y tiene dni, se lo hicimos.
Por favor, 1.es obligatorio esa comunicación de la, notaria al Registro Civil.?
2. Tendria que ser un Juez quien la nombrara Tutora a la hermana, cuando ya consta Expresamente en el testamento que la nombraria a ella (a su Hermana) , indica do su dni y su dirección?.
MUCHAS GRACIAS POR LA COLABIRACION Y PERDON POR LAS MOLESTIAS.