La deuda generada sí, la obligación de pago (como cualquier pensión de alimentos, compensatoria, etc.), no.
Obligacion contraida en convenio regulador
Anónimo
23/04/2023 08:39
Si un cónyuge se obliga en convenio regulador a pagar hipoteca tras divorcio, aunque la hipoteca en el banco va a nombre de su ex mujer únicamente, e incumple y genera deuda por cuotas impagadas, si fallece, esa obligación de pago pasa a sus herederos? Repito que la deudora a efectos bancarios es la ex mujer.